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mar1973

inquilino/a

El dueño del piso me pide una fianza como señal para el alquiler, ¿con un recibí es suficiente?, se puede uno fiar?
El dueño de un piso en alquiler me pide una señal (1 mes de fianza) para el alquiler, luego se firmaría el contrato, dando el resto del dinero y las llaves en consecuencia. Me dice que me daría un recibí por la cantidad recibida, y vería el borrador del contrato para estar de acuerdo en las condiciones, es legal? es seguro para el inquilino?
  • Preguntado por: mar1973
  • Hace 14 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (4)
//Mfan ha sido el primero en contestar
  • manuel josé

    casero/a

    Yo solamente aceptaría un contrato en que aparte del inventario, que figuraría en una hoja, en la 2º figuraran todos los condicionamientos legales, no tener animales, preaviso un mes, no subarriendo sin permiso escrito, servicios a cargo inquilino, pago o no de ibi, basuras, importe fianza, instalaciones no estén a cargo inquilino, sí conservación y mantenimiento, ......etc.

    saludos,
  • thierry

    profesional

    Es casi lo normal, si tu contrato no empieza hasta julio, por ejemplo. Pero en lo que vas a firmar tiene que aparecer lo mas importante del contrato: precio, gastos, fechas, tipo de contrato (temporada o vivienda habitual), aval en su caso. Tambien tiene que aparecer que si no alquilas el piso pierdes la fianza/reserva, y si no te lo alquila te tiene que devolver la fianza más otra mensualidad.
    • Respondido por: thierry
    • Hace 14 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Claro, tienes que tener cuidado porque ¿Y si luego te presenta un contrato en el que diga, por ejemplo, que tú pagas el IBI, y a tí no te interesa, y se deshace la operación...?

    ¿Por qué no podéis firmar el contrato directamente aunque entre en vigor dentro de x días? Así estaría todo clarito. Te lo recomiendo.

    Y si finalmente decides hacer lo de la señal ... Que no sea un mes, que sea por ejemplo 60 ó 100 euros.
  • //Mfan

    inquilino/a

    Si, es legal.

    Habrá que escribir un contrato de arras en el que aparezcan las condiciones para que después éstas no puedan variar.
    • Respondido por: //Mfan
    • Hace 14 años
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