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Daniel

inquilino/a

Duda sobre legislación vigente
Buenas tardes,
Actualmente como inquilino de un piso en alquiler en una población de Barcelona no existe la devolución de fianza por parte del arrendador, del cual ya han transcurrido más de 30 días, y alega tras 45 días que quiere restar gastos sin pruebas. Todo esto está recogido en un cruce de burofaxes.
En caso de llevarlo a juicio, ¿es cierto que desde octubre es necesario abogado y procurador, independientemente de la cantidad que sea?    La cantidad a recuperar son 1200?.
En caso afirmativo, y de llevarlo a juicio ¿cuánto supondría de gastos aproximadamente?
Muchas Gracias.
  • Preguntado por: Daniel
  • Hace 8 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (1)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Daniel más bien es al contrario se ha incrementado la cuantía a partir de la cual es preceptiva la intervención de abogado y procurador.
    Para ampliar más o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá mi atención  directa e inmediata (1,21 eur./min. Desde fijo; 1,57 eur ./min. desde móvil)
    http://www.pedrohernandezabogado.com/
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
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