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adrianrobles

profesional

Derecho de tanteo.

Mi pregunta es la siguiente:

¿Existe derecho de tanteo para el arrendatario que, cuando el bien que tiene alquilado vuelve a salir a subasta, quiere volver a adquirirlo?.

Si el arrendatario estuviera interesado en volver a alquilar el inmueble, ¿tendría este derecho de tanteo por ley?

¿Puede aplicarse el art. 1636 del CC?

 

Muchas gracias de antemano

  • Preguntado por: adrianrobles
  • Hace 13 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (2)
Domus ha sido el primero en contestar
  • Marta26

    casero/a

    si tu eres inquilino de un piso que va a salir en subasta y lo quieres comprar tendrías que pujar por el.

    Si lo que quieres saber es si podrías vovler a alquilarlo, decirte que si tienes un contrato de alquiler en vigor te puedes quedar hasta que fianlice el contrato de alquiler o hasta hacer 5 años.

    Caundo lo vendan te dirán quien es el nuevo propietario y tu tend´ras que seguirle pagando al nuevo propietario, que tendrá que respetarte el contrato de alquiler.

    • Respondido por: Marta26
    • Hace 13 años
  • Domus

    Domus

    casero/a

    El derecho de tanteo y retracto solo se refiere a transmisiones voluntarias de la propiedad. Para adquirir en subasta, tendrá el inquilino que entrar a pujar como cualquier otro particular. Ese artículo del Cc es para enfiteusis, que nada tiene que ver aquí.

    • Respondido por: Domus
    • Hace 13 años
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