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adrian

inquilino/a

¿Puedo dejar el piso alquilado en enero, antes de acabar el contrato, porque acabo mi curso?
En Octubre, una compañera y yo cogimos un piso hasta 30 de junio antes de hacer la matrícula; en octubre al hacer la matrícula me enteré que no podía hacer las asignaturas que quería , y cogí una asignatura hasta febrero ; avisé en octubre a mi compañera de piso, que en febrero me marchaba y que cogíera a otra persona y lo acepto; ahora se lo volví a recordar y dice que me tengo que quedar , que estoy obligado judicialmente por el contrato .. el contrato carece de cláusulas que tengan una penalización por abandonar el inmueble antes ..

Si aviso al casero con 1 mes de antelación , y asumiendo perder la fianza; puedo abandonarlo? ...

Además, el casero nos quiere obligar a pagar facturas de meses en que no estuvimos ... y gastos de comunidad y caldera que en la inmobiliaria nos dijeran que estaban incluidos.... espero que alguien pueda ayudarme.

Gracias
  • Preguntado por: adrian
  • Hace 15 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (1)
Juan ha sido el primero en contestar
  • Juan

    profesional

    En cuanto a la pregunta principal te remito a la respuesta que di a un caso similar hace unos días: http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/legislacion-alquiler/dejar-piso-en-alquiler-compartido_2652.html

    Pero tu caso tiene dos particularidades. La primera no afecta realmente, porque la arrendataria que te sustituya preferirá estar hasta el 30 de junio. Sea como sea, la duración del contrato es la firmada entre las partes, no la duración de tu nuevo curso.

    En cuanto a las facturas anteriores, parece una obviedad decir que el arrendatario solo es responsable de los consumos propios, no de los anteriores a la firma de su contrato. Por su parte, los gastos de comunidad están incluidos en la renta si el contrato no especifica lo contrario e indica expresamente su importe.

    Por último, los gastos de caldera corresponden al arrendatario si tienen contadores individuales y el contrato no se dice lo contrario (el contrato, no la palabra de la inmobiliaria), pero si no tienen contadores individuales, se consideran como gastos de comunidad, de los que ya he hablado.
    • Respondido por: Juan
    • Hace 15 años
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