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Xavier

casero/a

Contrato de arrendamiento temporal o de vivienda?

Hola Buenas noches, 
Tengo una casa y quiero alquilarla a una pareja de EEUU que vienen por trabajo en una universidad durante 10 meses, desde Septiembre 20 15 a Junio de 2016.  Tengo tres  dudas, la primera es si debo hacer un contrato temporal o puedo escoger  hacer uno normal con fecha limite y si varía la cobertura legal según uno u otro. La segunda es si en caso de contrato temporal debo hacer un deposito de la fianza o puedo guardarla yo. 
La última  duda es, si firmamos un contrato la semana que viene con una fianza, puedo quedarme con ella si al final renuncian al alquiler antes de la entrega de llaves ? evidentemente haciéndolo constar en el contrato bajo clausula.   
Muchas gracias de antemano  Atentamente  Xavier Luengo 

  • Preguntado por: Xavier
  • Hace 9 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (3)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Aparte de suscribir las respuestas recibidas, puntualizar que las cantidades que se entreguen antes de firmarse el contrato no deben considerarse fianza sino arras o señal y que precisamente su finalidad es asegurar ese contrato, sin embargo, como ha señalado mi compañero, es muy conveniene que cuente con un abogado previamente a recibir esa señal o arras.
    En http://www.pedrohernandezabogado.com/     estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Coincido con las acertadas respuestas de Amparo, y añado: - dado que el contrato es únicamente por 10 meses y se va a hacer un arrendamiento de temporada, debe estar bien causalizada la temporalidad del arrendamiento, ya que de lo contrario los inquilinos podrianl defender que es un arrendamiento de vivienda y prorrogarlo. - En caso de hacer un arrendamiento de vivienda, dicho contrato le estaría obligando a Ud., como arrendador, durante tres años. - "quedarse la fianza" es una penalizacion por desistimiento que debe estar expresamente cubierta. Lo mejor es que acuda a un abogado especializado para que le redacte el contrato.  Un saludo,  Www.desalvador.es
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

     Tengo tres  dudas, la primera es si debo hacer un contrato temporal o puedo escoger  hacer uno normal con fecha limite y si varía la cobertura legal según uno u otro. No se puede "escoger"... Si vinen por 10 meses, se trata de un contrato para uso distinto de vivienda o "temporal" como usted dice.
     La segunda es si en caso de contrato temporal debo hacer un deposito de la fianza o puedo guardarla yo.   Salvo en alguna Comunidad Autónoma, el depósito ha de realizarse SIEMPRE sea temporal o sea de vivienda, la diferencia es que en el contrato para uso distinto de vivienda hay que exigir y depositar 2 meses de fianza.
    La última  duda es, si firmamos un contrato la semana que viene con una fianza, puedo quedarme con ella si al final renuncian al alquiler antes de la entrega de llaves ? evidentemente haciéndolo constar en el contrato bajo clausula.    Si el contrato se incumple, puedes exigir más que la fianza. Asesórate y hazlo depender de con cuánto tiempo te avisen de que renuncien al alquiler.
    Saludos -  Papeleos Alquiler
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