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salvalop

casero/a

Comunicación de arrendamiento a menor de 35 años. ¿Rendimiento del titular o matrimonio?
Tengo alquilado un piso, a un matrimonio de edad menor de 35 años, y el titular es ella. Para poder hacerme las deducciones del IRPF; a la hora de rellenar la "Comunicación de arrendamiento menor de 35 años" en el apartado "Rendimientos netos del trabajo", qué hay que considerar ¿El rendimiento del titular? o ¿El rendimiento del conjunto familiar? Mujer y marido.

Salvalop
  • Preguntado por: salvalop
  • Hace 15 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (2)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Juan

    profesional

    Supongo que se refiere a la reducción por rendimientos del capital inmobiliario, no por rendimientos del trabajo. Si es así, para poder aplicar la reducción del 100% de los rendimientos procedentes del arrendamiento de vivienda del artículo 23.2.2ª de la Ley del IRPF, el arrendatario, no su familia, debe tener unos ingresos superiores al IPREM. Si fueran dos arrendatarios y solo uno tuviera esos ingresos mínimos, el arrendador solo podría aplicar la reducción del 100% a la mitad de los ingresos netos de ese arrendamiento. Esta es la interpretación literal de esa norma.

    No obstante, siendo un matrimonio con declaración conjunta y ambos menores de 35 años, es posible que Hacienda admita la reducción en los casos en que se alcance ese umbral de rentas solo sumando las de ambos cónyuges. Si yo estuviera en ese caso, la aplicaría y esperaría la respuesta de Hacienda. No olvidar que se trata de una nueva norma aún sin suficiente interpretación.
    • Respondido por: Juan
    • Hace 15 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Para la aplicación de la reducción es indiferente salvo que la de ella sola no alcance el IPREM.

    Si existen varios arrendatarios de una misma vivienda esta reducción del 100% se aplica proporcionalmente.

    Pedro Hernández Olmo, abogado
    Web: pedrohernandezabogado.blogspot.com
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
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