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justine

inquilino/a

¿Cómo resolver un conflicto sobre la renovación automática de un contrato de alquiler dentro de la Ley?

Llevaré pronto 22 meses viviendo con mi hijo (custodía compartida) en un piso alquilado. Estoy empadronado desde el principio. Los caseros me hacen firmar contratos raros para evitar que me quede 5 años porque intentan vender:

- primer contrato de 11 meses

- 2º contrato de 11 meses también, pero esta vez "de temporada".

Sé (por haberlo preguntado aquí hace 3 meses) que a pesar de ello, tengo derecho a quedarme los 5 años previstos por la Ley.

Pero me gustaría saber ¿cómo hacerlo dentro del respeto de la Ley en caso de que no llegue a ningún acuerdo con mis caseros a la hora de renovar el contrato (alquiler, ipc, fianza, aval, comunicación, etc.)?

Gracias de antemano.

  • Preguntado por: justine
  • Hace 14 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (2)
manuel josé ha sido el primero en contestar
manuel josé ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Eduardo Llarena

    Eduardo Llarena

    profesional

    Si sus dueños conocen la ley no le demandarán, pero le intentarán presionar para que se vaya; y eso no tiene solución que dependa de usted. Simplemente no les haga caso o trate de obtener una buena indemnización a cambio de marcharse.

    www.asistencialegal.net

  • manuel josé

    casero/a

    Aunbque  en el contrato  ponga que es de temporada noi es suficiente. Para  serlo hay que justificar la temporalidad,vacaciones,estudios,desplazamiento geográfico de un trabajaDOR,... Dicho de otro modo:  tiene que figurar en ese contrato  cuál  es la vivienda habitual  del inquilino.  Si no la tiene,m no es temporal. Se prorroga automáticamente ( sin hacer nada)  hasta los 5 años. Puede ser de un mes, de un año,...etc-  Cuanto menor  sea el plazo delk contrato, mejor para el inquilino pues él arrendador tiene que respetar la presencia del inquilino durante 5 años. El arrendatario puede rescindir el contrato comunicando por burofax con acuse de recibo 30 dias antes  de cada anualidad ( si se hizo por un año) o prórroga.  Si no hace nada continúa hasta losa 5  años. Lo que no puede es marcharse a mediados año o plazo. Sería incumpliumiento contrato y muchos GASTOS.  El último contrato le vale. No tiene que hacer  ninguno  hasta los 5 años.

    saludos,

     

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