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soy la misma Rosa M.

inquilino/a

Mi casero ha vendido el piso, mientras yo estoy en régimen de alquiler y mi contrato vence en Junio de 2012, ¿qué hacer?

Estoy en una vivienda de alquiler cuyo contrato es de 11 meses, pero el dueño de la casa ha vendido el piso y ya es efectiva esta compra-venta. Wl problem surge en que yo me tengo que ir para que el nuevo propietario tome posesion de su vivienda. Yo tengo contrato hasta Junio del 2012, y me apremian a cambiarme de casa. No media ningun tipo de contrato escrito o firmado conmigo por parte del anterior dueño ni del actual.

Que obligaciones tengo y que derechos?

Agradecida por la respuesta.

 

  • Preguntado por: soy la misma Rosa M.
  • Hace 12 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (2)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Si puedes demostrar el contrato mediante pago via transferencia o recibos o cualquier cosa, tienes un contrato que es vigente y que hace que puedas estar en esa vivienda 5 años a tu voluntad.

    Dices que tienes un contrato de 11 meses, pero no está escrito, es algo dificil de entender y de demostrar. Según la ley, en estos casos, si hay arrendamiento y se puede demostrar, el plazo será de un año, y cada año se irá prorrogando.

    Si quieren q te vayas te tendrán que indemnizar (a tu voluntad) o el nuevo propietario tendrá que asumir ese contrato.

    Te recomiendo que cambies la cerradura y avises en la comisaría más cercana de tu domicilio actual. Cualquier acción de "por la fuerza" será un delito de coacción (q te cambien la cerradura, que echen tus cosas, etc.)

    Un saludo

    Ayuda a cambiar el mundo!

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Ante todo debe saber que para que exista un arrendamiento no es preciso que haya un documento firmado, es válido el contrato verbal, que supongo puede acreditar mediante los recibos en alquiler. Esa situación a quien mas perjudica es al arrendador que debe acreditar que ya ha cumplido los cinco años para dar por terminado el contrato. Antes de venderle tenían que haber comunicado la venta para ejercer su derecho de adquisición preferente, en todo caso el nuevo dueño debe respetar su contrato aunque sea verbal.

    Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo llamando al teléfono: 807 520 008 donde será atendido directa e inmediatamente (1,18 eur./min. Desde fijo; 1,53 eur./min. Desde móvil)

    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/

     

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
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