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CarlosV

inquilino/a

He recibido una carta del administrador de mi piso comunicándome el incremento del precio de los servicios y suministros

Según el artículo 20 de la LAU. El art. 20 dice que durante los 5 primeros años de vigencia del contrato ese concepto no podrá incrementarse en un porcentaje superior al doble de aquel en que pueda incrementarse la renta. Voy por los 3 años y medio en el piso y me pretenden incrementar el concepto en un 90%. Mi última actualización del IPC (febrero 2010) fue del 0.8%. ¿Qué incremento me pueden aplicar?

Muchas gracias

  • Preguntado por: CarlosV
  • Hace 13 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (3)
Jan Abogado ha sido el primero en contestar
  • CarlosV

    inquilino/a

    Muchas gracias a los 2. He reenviado vuestras respuestas al administrador - a ver cómo reacciona.

    CarlosV

    • Respondido por: CarlosV
    • Hace 13 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Pues si las matemáticas no me fallan, el 1,6% como máximo.

     

    Saludos - Papeleos alquiler

  • Jan Abogado

    profesional

    Hola CarlosV:

     

    En principio el doble del IPC, es decir, 1,6%.

     

    Reciba un cordial saludo 

     

    Despacho Armando García Fernández.

     

    http://letradosalquileres.es.tl

     

    Email: letradoalquileres@hotmail.com

     

    Email2: armandogarcia@ical.es

     

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