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dorio

inquilino/a

El arrendador no repara los desperfectos graves en vivienda recién alquilada. ¿Se puede reclamar?

 

Hola a todos,

hace un mes mi pareja y yo alquilamos una vivienda en Madrid que en principio no mostraba deficiencias, salvo una persiana que no subía e indicamos a la inmbiliaria. Tras vivir un mes en ella hemos detectado graves problemas que, lógicamente, no son imputables al desgaste. Los cito:

- El lavamanos uno de los dos baños el agua no sale, el otro no traga... Es decir, casi no los podemos usar.

- La persiana del todavía no ha sido reparada, ni se mueve.

- Una de las cisternas pierde agua continuamente (no lo vimos pues agua y luz estaban cortados durante la visita).

- Enchufes salidos o inoperatiuvos

- Manchas en la pintura en las paredes y porcelanas de los sanitarios provocadas por las perdidas de agua de los mismos.

Hemos echo fotografias de todos los desperfectos y enviados al arrendador el mismo día que los descubrimos. El arrendador es una gestora de una sociedad patrimonial (BNP Paribas) de un gran banco que hace caso omiso a nuestras peticiones, usan operadores para gestionar la comunicación, y son un filtro casi inexpugnable

Ruego que si alguien conoce los pasos a seguir en caso de que no quieran hacerse cargo nos echéis un cable, modelos de reclamación, organismos a los que acudir, compensaciones posibles etc...

Un cordial saludo y muchísimas gracias por adelantado!

 

  • Preguntado por: dorio
  • Hace 12 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (2)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    En la web papeleos alquiler, de la sra. Amparo bb, encontrareis la mayoría de papeles que necesitais.

    un saludo

     Ayuda a cambiar el mundo!

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Debería haber leido el DECALOGO DEL INQUILINO antes de firmar el contrato ahora solo cabe recordarle que en los arrendamientos de vivienda siempre ocurre que el punto de vista sobre la idoneidad del inmueble varía entre el dueño y el inquilino. Objetivamente hay que decir que el inquilino tiene derecho a que la vivienda sea habitable y si no es así debe certificarlo por un dictamen pericial elaborado por persona competente y puede intentar  obtener esa habitabilidad o la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios. La obtención de cualquiera de esos resultados puede exigir la intervención de Letrado y Procurador.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
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