Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

ivan S

inquilino/a

Alta y acometida del gas, quién debe pagarlo en la C.Madrid con la nueva legislación?

Alquiler para un piso nuevo a estrenar, en el contrato se indica la devolución del alta del agua y de la luz pero no se menciona nada del gas. Debe pagar el arrendatario tanto el alta del gas como su derecho de acometida?, según tengo entendido el derecho de acometida del gas es un gasto que se genera una única vez en la vida de la vivienda, por lo que veo injusto que dicho gasto lo pague el primer inquilino de la vivienda.

  • Preguntado por: ivan S
  • Hace 10 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (4)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
Jan Abogado ha sido elegida Mejor Respuesta
  • ivan S

    inquilino/a

    Hola juan,

         Muchas gracias por tu contestación, el alta del gas entiendo que deba pagarlo yo, en cuanto al gasto del derecho de acometida entiendo que debería correr a cargo del propietario, ya intenté mediar con la empresa directamente pero se niegan a hacerse cargo. En este punto que me recomendaría, denunciar a través de consumo (como me recomendaron) , denunciar a través de algún otro medio o olvidarme del asunto.

          Un saludo y muchas gracias por su ayuda

    • Respondido por: ivan S
    • Hace 10 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Iván:

    El derecho de acometida como bien le han indicado grava a la vivienda, siendo un canon que se paga durante x número de años y cuyo gasto en mi opinión no puede ser repercutido a los sucesivos arrendatarios.

    Por otro lado, a falta de pacto expreso en el contrato,  el alta del suministro debe costearlo el arrendatario(usted).

    reciba un cordial saludo.

      http://letradosalquileres.es.tl

  • ivan S

    inquilino/a

    Acabo de hablar con la asesoria jurídica de la comunidad de madrid, me informan que es un gasto que debe correr a cuenta del propietario, por lo menos el derecho de acometida, del alta no estaban tan seguros. Como mi contrato es a través de una de una empresa me aconsejan que denuncia a través de consumo.

    • Respondido por: ivan S
    • Hace 10 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Eso es algo que debe quedar pactado en el contrato, si no lo hicieron así ahora es dificil que se lo pueda reclamar al casero.

    lea el DECALOGO DEL INQUILINO

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd. ,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas