Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

Egoli

casero/a

Alquiler de habitaciones
Hola. Me gustaría saber si hay alguna ley que regule este tipo de alquiler.. Tengo a dos personas que no me han firmado el contrato y quiero que se vayan. En caso de problemas, qué puedo hacer? Gracias 
  • Preguntado por: Egoli
  • Hace 6 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (3)
nacho ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Está regulado por el código civil. Si no existe contrato escrito, el alquiler se entiende hecho por meses si la renta se paga mensual o por semanas si se paga semanal...  PERO si usted conmina al inquilino a irse, y no lo hace, entonces no queda otra que acudir al juzgado. Necesita contratar a un abogado.
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Acudir a un abogado y demandar, es la única opción si no llegan a un acuerdo.
  • nacho

    nacho

    casero/a

    El alquiler de habitaciones se regula por el código civil, a diferencia del alquilar de viviendas completas, que lo hace mediante
     la ley de arrendamientos urbanos (lau). La principal implicación de
    este punto es que la duración del contrato del alquiler de una habitación será exactamente la que se pacte en el contrato , no habiendo derecho a prórroga por parte del inquilino como ocurre en el alquiler de una vivienda en su totalidad.
    • Respondido por: nacho
    • Hace 6 años
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas