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Charo Cuadrado

inquilino/a

Para alquilar un piso, el aval que se necesita tiene que ser exclusivamente la nómina o puede ser otro tipo de aval?

Estoy desempleada, dispongo de la subvención de mayores de 53 años y unos ahorrillos de los buenos tiempos. Agradezco la respuesta. Un saludo. Charo

  • Preguntado por: Charo Cuadrado
  • Hace 12 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (3)
Pedro Martinez Mtnez ha sido el primero en contestar
Paolo_x ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Charo Cuadrado

    inquilino/a

    Gracias tanto a Pablo como a Pedro. Pensé que era algo obligado:la nómina. La inspección periódica del gas, corre a cargo del casero o del inquilino?

  • Paolo_x

    inquilino/a

    Charo, 

    Es dependera del casero mas que nada.

     

    si puede demostrar una renta o unos ahorros suficientemente importantes, no deberias tener problemas; pero imagino que el casero te exigira ponerlos como aval bancario.

     

    pablo.

    • Respondido por: Paolo_x
    • Hace 12 años
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Charo, la nomina no es un aval, es solo una garantía que cada vez tiene menos valor. Cualquier propietario preferirá un aval bancario antes que una nomina, por lo que no debes tener problemas en alquilar si lo ofreces como garantía.

    Pedro Martinez

    Abogado

    5001@icagr.es

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