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Federico

inquilino/a

Estoy alquilado en un piso compartido. ¿Cómo tengo que declarar el alquiler y qué debo presentar en Hacienda?
No sé qué cantidad me puedo desgravar por alquiler y no sé si tengo que pedir alguna documentación a mi casero para poder declarar el alquiler de todo el año. Vivo desde febrero del año pasado en este piso, y no sé qué fecha considerar como inicio para declararlo.
  • Preguntado por: Federico
  • Hace 14 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (1)
Juan ha sido el primero en contestar
Juan ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Juan

    profesional

    Cualquier arrendatario puede deducir de la cuota estatal el 10,05 por ciento de las rentas pagadas por el alquiler de su vivienda habitual si su base imponible no supera 12.000 euros, algo menos si está entre 12.000 y 22.020 euros.

    La base de la deducción son todas las rentas pagadas desde el comienzo del contrato, en este caso desde febrero. Para ello tiene que cumplimentar las casillas 716 y 793 de la página 12 y del anexo A. Ademas, según cuál sea su comunidad autónoma, podrá deducir de la cuota autonómica otra parte de las rentas pagadas siguiendo las instrucciones del anexo B.

    En la declaración de IRPF no hay que presentar ningún documento, pero se deben conservar a disposición de Hacienda todas las pruebas de los pagos. También conviene asegurarse de que el arrendador ha depositado la fianza obligatoria en el organismo competente de esa comunidad autónoma.

    Si no lo ha hecho y Hacienda rechaza la deducción, el arrendatario podrá reclamar directamente al arrendador los perjuicios por su incumplimiento.
    • Respondido por: Juan
    • Hace 14 años
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