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rosanaceciliamolina

inquilino/a

¿Se puede utilizar la fianza depositada en la dga? para no devolvérmela?

la casa que deje en el 28/02/011 tiene su fianza depositada en la dga.firmemos el dia 28/02/ la restriccion y finalizacion del contrato el mismo dia y el ya pidio ese dia la devoluccion de la fianza.el problema es que no me la devolvera porque dice que tiene que esperar por si viene luz o agua. k esta a mi nombre y al propietario no le afecta,puede utilizar el dinero de la fianza para este fin? la casa es antigua y no estaba habitable, yo la restaure en 2 meses x pactemos de no pagarle alkiler y me falto tiempo, nada de electodomesticos ni nada de dada. deberia devolverme mi fianza? o se la puede quedar legalmente x si viene algun recibo? yo tenia entendido k la fianza es para k la casa este en perfecto estado y esta ahora k parece un chalet. kiero mi fianza integra. si no me la quiere dar x si viene algun recibo, puede hacerlo?

  • Preguntado por: rosanaceciliamolina
  • Hace 13 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
Domus ha sido el primero en contestar
Marta26 ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Marta26

    casero/a

    La puede retener durante 30 días, a parte que aunque la haya pedido al día siguiente la dga tarda en devolverla, no pienses que van tan rápidos.

    Y la fianza está para pagar las posibles deudas que deje el inquilino, con lo que te podrá restar de esta las facturas que lleguen, porque lo que has consumido en febrero te llega en marzo, el gas es bimensual y el agua tiremstral.

    • Respondido por: Marta26
    • Hace 13 años
  • Domus

    Domus

    casero/a

    La fianza está también para suministros pendientes. Aunque éstos estén a su nombre, para cambiar la titularidad es necesario pagar los consumos todavía no abonados. Para evitar problemas, deberían haber firmado un documento a la finalización del contrato que reflejase los consumos que ese día marcaban los contadores.

    Si transcurrido un mes desde que abandonó la vivienda todavía no le ha devuelto la fianza justificando el importe de los suministros pendientes, reclámesela por escrito, mediante burofax, para dejar constancia.

    • Respondido por: Domus
    • Hace 13 años
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