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Ala

inquilino/a

Subarriendo de habitaciones en piso de alquiler
Hola a todos, tengo una pequeña duda. Hace unos meses que dejé un piso, el cual tenía alquilado, pagando religiosamente. El caso es que subarrendé habitaciones, aunque en el contrato ponía q no se podía, la casera lo sabía perfectamente. Ahora que ya no estoy, firmé el contrato de recesión, y me han devuelto la fianza, los antiguos inquilinos, a los cuales yo les alquilé la habitación, me quieren denunciar por cobrar el alquiler no equitativo. Ellos en ningún momento constaron en el contrato, aceptaron el precio que les dije. Y nunca me pidieron el contrato de alquiler, pensaban que todos estábamos pagando de manera equitativa. Llegado este momento se han enterado, y quieren denunciarme.

Tengo que decir que los motivos por los que cobraba más, eran pq toda la responsabilidad de ese piso volcaba en mí, al igual que los impagos, también pq ellos siempre tenían a sus parejas prácticamente viviendo en casa. Me tomé un poco la justicia por mi mano. ¿Me pueden denunciar?
  • Preguntado por: Ala
  • Hace 14 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (3)
Charo Calvo ha sido el primero en contestar
Charo Calvo ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Ala

    inquilino/a

    Muchas gracias, me ha servido de gran ayuda.El alquiler, no me salia gratis, yo también pagaba.

    Lo que les ha enfadado, es que les mintiera en el coste del alquiler, para poder justificar el precio. He estado en muchos pisos de alquiler, jamas había cobrado de más, pero cuando finaliza el contrato, quien se comía todo el marrón de la limpieza profunda y de pagar los gastos era yo, así que esta vez me cure en salud. Y mira por donde me salen las cosas ...
    • Respondido por: Ala
    • Hace 14 años
  • Juan

    profesional

    La ley exige el consentimiento del arrendador para poder subarrendar y prohíbe una renta por el subarriendo (o la suma de los subarriendos) superior a la del arrendamiento.

    La anterior ley de arrendamientos urbanos de 1964, que regulaba los conocidos arrendamientos de renta antigua, permitía el subarrendamiento total y prohibía cobrar más del doble de lo que pagaba el arrendatario.

    Hoy ambas cosas se han eliminado y obligan a pensar, junto con la literalidad del nuevo texto, que el único límite a las rentas de los subarrendatarios es la del arrendamiento, con lo cual al arrendatario podría salirle gratis, en una interpretación que no me gusta pero he de mantener.
    • Respondido por: Juan
    • Hace 14 años
  • Charo Calvo

    casero/a

    En mi modesta opinión, la única que pudo denunciarte en su momento era la dueña pues en tu contrato figuraba de forma expresa que no podías subarrendar habitaciones. Los demás, al no figurar en ningún sitio no tienen ningún derecho a quejarse ya que me imagino que te pagarían sin haber firmado ningún contrato por esa habitación y tampoco les darías recibo alguno de dicho pago. Espero haberte servido de ayuda.
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