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josepofe

inquilino/a

¿Se puede exigir a la comunidad que elimine las barreras arquitectónicas que existen en un edificio?

Hola, buenos días a todos

Soy arrendatario, con un contrato de alquiler por cinco años y por un accidente me he quedado en silla de ruedas, se puede de alguna forma legal, exigir a la comunidad, que de alguna forma se eliminen las barreras arquitectónicas que existen en el edificio, en los recorridos internos hasta la zona de la piscina?

gracias y un saludo

jose antonio

  • Preguntado por: josepofe
  • Hace 14 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (7)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Jan Abogado

    profesional

    Leyy 3/1990 de 21 de junio por la que se modifica la ley 49/1960, de 21 de julio, de propiedad horizontal, para facilitar la adopción de acuerdos que tengan por finalidad la adecuada habitabilidad de minusválidos en el edificio de su vivienda.

     Ley 15/1995, de 30 de mayo, sobre Límites del dominio sobre inmuebles para eliminar barreras arquitectónicas a las personas con discapacidad.

    Ley 51/2003, de 2 de Diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad

  • Jan Abogado

    profesional

    Hola:legislación Estatal sobre accesibilidad  

    R.D. 556/1989, de 19 de Mayo, por el que se arbitran medidas mínimas sobre accesibilidad en los edificios.
    boe 122, de 23-0

    ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusvál

     Orden de 3 de marzo de 1980, sobre características de accesos, aparatos elevadores y acondicionamiento interior de las viviendas de protección oficial destinadas a minusválidoso   

  • Eduardo Llarena

    Eduardo Llarena

    profesional

    Dos puntualizaciones. Primera como arrendatario usted no puede imponer a la comunidad de propietarios ninguna obra. Sí puede hacer obras en su vivienda con la obligación de dejarla como estaba al momento de marcharse.

    El dueño del piso podría solicitar de la comunidad hacer obras y depende de su lugar de residencia puede tener más o menos facilidades por aplicación de normativa específica para discapacitados.

    En cualquier caso puede hacer la obra pagándola usted a través del dueño del piso; pero probablemente pueda exigir ciertas instalaciones a cargo del presupuesto de la comunidad.

    www.asistencialegal.net

  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    Hola a todos,

    No estoy de acuerdo con todo lo expuesto,ya que debe de depender de las diferentes comunidades autónomas. Aquí en el pais vasco, es obligatorio por ley hacer las obras necesarias para evitar las barreras arquitectónicas, habiendo un solo incapacitado en el portaL.Ya me ha tocado pagar dicha modificación en la escalera del portal y eso que yo en mi local-tienda no tiene acceso al mismo

  • Jan Abogado

    profesional

    Hola jose:

    La siguiente información es orientativa por lo que deberá ser ampliada y detallada por el profesional de la abogacía experto en Propiedad Horizontal al que le recomiendo que acuda:

    1º) Para que usted tenga derecho a solicitar las mentadas obras es preciso que tenga reconocida administrativamente una discapacidad o minusvalía.

    2º) Debe dirigir su solicitud a su arrendador y éste a la Comunidad de Propietarios.

    3º) Si las obras exceden de 3 mensualidades. Tendrá que abonar la totalidad el solicitante, salvo que haya acuerdo en la Junta de Propietarios a favor de las obras.

    4º) Si no excede de tres mensualidades(se cumplen los requisitos del art 10.2 LPH), la Comunidad estará obligada a realizar las obras.

    Reciba un cordial saludo

  • martinymarian

    inquilino/a

    No lo creas, la eliminación de barreras arquitectónicas, no es mejora ni instalación nueva.

    Si la derrama no asciende a 3 mensualidades, la comunidad está obligada a ponerlo. Si por el contrario es superior a 3 mensualidades, habrá que votarlo en Junta, y se requiere un porcentaje menor que para las nuevas instalaciones. Te recomiendo, que pidas presupuesto y que pidas a la Comunidad cosas por separado para que no superen las 3 mensualidades y cuando hayan puesto algo, a continuación pidas otra cosas. Porque en casi todas las comunidades hay gente que pasa de ayudar y van pasando los años y no consigues nadas.

    Un saludo

    Marian

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Segun la LPH ningún propietario podrá exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, según su naturaleza y características,  y lo úncio qu epermite es que esas obras puedan acordarse por mayoría.

    En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2009/09/servicio-de-consultas-legales.html estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 14 años
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