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¿Puedo obligar a que mi casero ingrese la fianza en el ivima?

Preguntado por:
  • Piluca999
  • Piluca999
  • Inquilino
  • 1 pregunta
  • 0 respuestas
Miercoles, 23 de Mayo de 2012

Buenos días:

Escribo porque estoy algo perdida, hace un par de meses que estamos en casa de la abuela de mi novio, nos la tiene alquilada como a unos inquilinos  más sin ningún tipo de beneficio, (cosa que me parece muy normal y respetable) todo ha ido perfecto hasta ahora, la hora de hacer la declaración... sabemos que si tienes la fianza depositada en el ivima puedes desgrabarte por ello, pero ella se niega ha ingresarla, ¿la podemos obligar de manera legal? Gracias.

Categoría » Inquilinos

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  • Amparo BB ha sido el primer usuario en contestar
  • La respuesta de Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Si existe un parentesco de segundo grado entre arrendador y arrendatario la desgravación es diferente por el alquiler de la vivienda, debería comprobar esto con la normativa de su comunidad autónoma

    Respondido por:
    • Alxo
    • Alxo
    • Inquilino
    • 1 pregunta
    • 42 respuestas
    hace 13 meses
  • Contesto como si no fuera la abuela

    Podéis ingresarla vosotros, enviando a continuación un burofax con certificación de contenido y acuse de recibo en el que le informéis de que como no aplicó la cantidad que le dísteis en tal fecha a la fianza, pues que aquella cantidad la aplique a la renta de JUNIO DE 2012 y que la renta de junio de 2012 la habéis ingresado como fianza en el organismo tal.

     

    aquí el abogado PHOLMO explica como hacerlo.

    http://blog.enalquiler.com/2012/actualidad/no-te-pilles-los-dedos-al-deducir-tu-alquiler/#comments

    PHOLMO dice: 
    Friday, 11 May 2012 a las 10:26

    Después de publicado este trabajo, me he percatado que existe una medida que puede tomar el inquilino:
    Proceder al depósito de lafianza, mediante un escrito razonado al Organismo que debe recibirla, comunicando de modo fehaciente al arrendador haber efectuado dicho depósito en evitación de problemas fiscales, acompañando copia sellada del referido escrito y anunciando que deberá aplicar a alquileres la cantidad que tiene en su poder, puesto que fue entregada en concepto de fianza y no ha sido depositada, con lo cual el mes próximo no se abonará.

     

    Respondido por:
    • Amparo BB
    • Casero particular
    • 7 preguntas
    • 17.906 respuestas
    hace 13 meses

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