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Cinthia Coral

inquilino/a

¿Puedo dejar un piso de alquiler antes de que acabe el contrato y recuperar mi fianza?

Acabamos de renovar mi compañera de piso y yo ,el contrato por otro año, el dia 1 de abril , pero me he quedado en paro y por desgracia a ella la van a bajar de horas y mi compañera se va a ir a casa de sus padres, queremos dejar el piso el 31 de mayo , asi que le avisaremos a la dueña nuestros deseos de irnos 1 mes y medio antes, en el contrato hay una cláusula que dicelo siguiente :

El contrato se podrá rescindir avisando con un mes de antelación po escrito.

¿Puede ella obligarnos a pagar los 10 meses que faltan para la finalizacion del segundo contrato y nos devolverá la fianza ?

Muchas gracias de Antemano

  • Preguntado por: Cinthia Coral
  • Hace 14 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
manuel josé ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Tras la anterior disertación sobre las diferencias entre un contrato de temporada y uno de vivienda, paso a responder vuestra pregunta.

     

    Si sois francas con ella, le explicáis que no os váis por gusto, sino porque no podéis pagar, estoy segura de que agradecerá vuestra franqueza y no os pondrá pegas. Sin duda agradecerá que os marchéis en vez de - como hacen otros muchos inquilinos - quedaros y NO PAGAR.

     

    También sería un tanto a vuestro favor, que colaboréis con ella en la búsqueda de nuevos inquilinos, aceptando mostrar el piso a posibles interesados, qué se yo, una o dos veces por semana.

     

    Además, si el piso no llega a estar vacío ningún mes, no podría bajo ningún concepto reclamaros nada de nada (y tendría que devolver la fianza íntegra si no hay desperfectos) puesto que no se le produce ningún perjuicio (no deja de cobrar ningún mes).

     

    Saludos - Papeleos Alquiler

  • manuel josé

    casero/a

    Dice que  acaba de renovar contrato por  otro año.  Los contratos pueden ser temporal o vivienda  habitual. Es temporal  cuando es  por estudios,movilidad  de un trabajador,.... Tiene que figurar el motivo y que  ya tiene  en otra  ciudad su vivienda habitual.  Si no es así,  NO BASTA  CON PONER EN EL CONTRATO  QUE ES TEMPORAL.  Si no pone el motivo de la temporalidad es  HABITUAL.  Si es habitual  haciéndolo por UN AÑO se prorroga automáticamente ( sin hacer nada)  hasta los 5 años. El arrendador  no los puyede echar hasta los 5 años. El arrendataRIO  puede rescindirlo al final de cada anualidad  o  prórroga, comunicando por burofax con acuse de recibo y certrificación de texto 30 días  antes de la  FINALIZACIÓN  DE CADA ANUALIDAD O PRórroga.

     Debe poder justificar  que se lo ha comunicado.  Normalmente  la cláusula   es una  mewnsualidad  pero  A  LA  FINALIZACIÓN DE CADA ANUALIDAD O  PRÓRROGA.  En caso  de marcharse a mediados  de año  es  incumplimiewnto de cointrato y en caso de demanda judicial  UN JUEZ suele condenar al pago de mensualidades restanbtes hasta finalización anualidad o hasta que vuelva a tener alquilado elk piso.

    Compruebe la redacción de la clausula.  Si está redactada tal cual figura, bastaría comunicación fehaciente ( que quede constan cia) y  con mes  ANTES DE  FECHA  DE MARCHA ( CUALQUIERA QUE SEA).  Si es  así  NO ES INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO.  Saludos,  

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