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Mafaldita85

inquilino/a

¿Me puede echar la dueña del piso al cabo de un año de alquiler?
Mi dueña me amenaza con echarme del piso al cabo de un año. He firmado un contrato de un año, prorrogable a 5 pero ella dice que al cabo de un año puede hacer lo que quiera porque puede romper el contrato si ella quiere, incluso si no estoy de acuerdo.
  • Preguntado por: Mafaldita85
  • Hace 15 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
Antonio Postigo ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Si la vivienda constituye su domicilio habitual es evidente que debe respetar el derecho de prórroga forzosa del inquilino durante cinco años.

    Debe tener la precaución de no quedarse sin pagar los alquileres, si la propiedad no le admite el pago debe consignarlos judicialmente, de lo contarrio se expone a un desahucio por falta de pago.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
  • Antonio Postigo

    profesional

    No puede. Su derecho viene recogido en la vigente Ley de Arrendamientos Urbanos que puede consultar en este enlace
    http://www.spaviv.es/docs/LeyArrendamientosUrbanos.pdf

    El artículo 9.1 dice "Artículo 9. Plazo mínimo
    1. La duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes. Si ésta fuera inferior a cinco años, llegado el día de vencimiento del contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de cinco años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de sus prórrogas, su voluntad de no renovarlo.

    El plazo comenzará a contarse desde la fecha del contrato o desde la puesta del inmueble a disposición del arrendatario, si ésta fuere posterior. Corresponderá al arrendatario la prueba de la fecha de la puesta a disposición"

    Si usted como inquilina no comunica antes del vencimiento de una de las prórrogas anuales que no desea renovarlo, el contrato se renueva obligatoriamente hasta cumplir el quinto año.

    Probablemente, la forma más sencilla de terminar con esas presiones sea el imprimirle el artículo 9 de la LAU y dejar zanjado el asunto.

    Un saludo.
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