Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

SAÚL

inquilino/a

¿A quién corresponde el pago del servicio de gas natural?
Cuya cantidad se suma al recibo correspondiente
  • Preguntado por: SAÚL
  • Hace 15 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (3)
Antonio Postigo ha sido el primero en contestar
Antonio Postigo ha sido elegida Mejor Respuesta
  • SAÚL

    inquilino/a

    Cláusula del contrato. serán por cuenta exclusiva del arrendatario los gastos de conservación y mantenimiento, y los que ocasionen las reparaciones, sustituciones o modificaciones que fueren precisas introducir en los mismos, bien por conveniencia justificada de la propiedad, por ser exigidos por las compañias suministradoras de los servicios, o por disposición legal; esta parrafada viene después de hacer referencia a los gastos de luz, agua,etc.

    De ahí viene mi pregunta sobre el servicio de gas natural, que es un servicio que contrata el propietario y que no es obligatorio necesariamente; en el supuesto de que la caldera necesite una reparación, según lo estipulado en el contrato me correspondería a mi ese gasto, perdón por el tostón.
    • Respondido por: SAÚL
    • Hace 15 años
  • BUFETE JOVER

    profesional

    La Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994 establece que los gastos por servicios que cuenta la finca arrendada que se individualicen mediante aparatos contadores serán en todo caso a cuenta del arrendatario, siendo este el caso del servicio de suministro de gas.
  • Antonio Postigo

    profesional

    Los gastos accesorios serán abonados por quien esté obligado a pagar la obligación principal. Por lo tanto quien pague la factura del gas también deberá pagar los importes "accesorios" que figuren en tales recibos.

    Desconozco el detalle concreto del concepto "servicio" que nos indica, pero con frecuencia las facturas de suministro ofrecen desgloses de costes, que vienen fijadas por normas legales. Esos precios son regulados por el estado, y por lo general se forman creando una especie de "cóctel", al cual se van añadiendo o restando diferentes "ingredientes", en función a los acuerdos que han firmado los suministradores y el gobierno.

    Dicho de otra forma.... por lo general toca pagar lo que al final viene señalado como ..."total de la factura".

    La única excepción que se me ocurre a ese criterio, es que algún concepto haya sido contratado de forma voluntaria, y el suministrador lo facture de forma conjunta con el consumo, tasas, etc.

    (Un ejemplo sería un seguro de incendios, de carácter voluntario, contratado con la misma compañía de gas, y que se factura mes a mes de forma conjunta)

    Un saludo.
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas