Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

Esperanza Domínguez

inquilino/a

HolaOs comento una duda que tengo. Mi novio y yo alqulamos un piso el 6 de agosto del año pasado (2012).

 

Hace dos semanas nos llamó el casero para decirnos que no nos renuevan el contrato, una vez acabe, porque se vuelven ellos a vivir al piso.

Hemos empezado a buscar piso para no dejarlo para el último momento y tener que conformarnos con lo que encontremos cuando se acerque la fecha de vencimiento del contrato. 

Nos han dicho que no nos devuelven los dos meses de fianza si nos mudamos antes de que termine el contrato.

¿Pueden hacer eso? es decir ¿es legal que se nieguen a devolvernos la fianza si son ellos los que no quieren renovar el contrato?

¿Tenemos que esperar al vencimiento del contrato para poder empezar a buscar?

¿Pueden mis caseros decirme cuando debo empezar a buscar piso para mudarme cuando son ellos quienes no quieren renovar el contrato?

  • Preguntado por: Esperanza Domínguez
  • Hace 11 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (3)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
Oscar Aparisi ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Primero: Sería interesante que esa notificación de que no os prorrogan el contrato sea por escrito, y que aparezca el motivo.

    Segundo: Habría que revisar el contato para ver si ese motivo está expuesto en el mismo.

    Tercero: Como me da por pensar que no está, guardar la notificación en algún cajón y llamar a los propietarios y decirles que teneis derecho a permanecer en esa vivienda hasta 5 años, con lo que se vayan buscando piso ellos, o que si quieren pactais una indemnización, donde se incluya los gastos de mudanza, la devolución de la fianza, y algún mes de carencia.

    Todo esto escrito y firmado, y si no hay acuerdo podeis dejar de buscar vivienda y seguir ahí hasta el 5 de agosto del 2017, siempre que os adviertan de que no van a prorrogar el contrato con un mínimo de 30 días.

    Un saludo

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 11 años
  • Jan Abogado

    profesional

  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Solo deberás abandonar la vivienda en el caso de que hiciera constar en el contrato de arrendamiento el artículo 9.3, si no dice nada al respecto, puedes permanecer en la vivienda hasta el quinto año.

    Si hace constar esta opción, deberás acatarla, y sí, deberás cumplir el primer año íntegro.

Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas