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SANDRA33

inquilino/a

¿Me puedo negar a firmar el contrato de alquiler y si no se llega a un acuerdo devolverme la paga y señal?

Hay una cláusula que dice que si dejo el piso antes de 5 años tengo que pagar un mes de renta por año incumplido, pero por otro lado el propietario si él la necesitase me lo tendría que comunicar con dos meses y no habría lugar a la prórroga prevista artículo 9 de la LAU.

  • Preguntado por: SANDRA33
  • Hace 14 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (4)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Deberías reclamar por escrito fehaciente la devolución de la señal entregada con base en que el contrato que te han puesto a la firma es abusivo, lee esto, para ello deberías solicitar previamente un borrador de ese contrato, que te sirviera d base luego. Si no te la devuelven acudir al Juzgado, no es facil, aunque por la cuantía pueda ser posible,  llevar sola ese tipo de pleito.

     

    En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2009/09/servicio-de-consultas-legales.html estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente

     

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 14 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    ¿Cómo? ¿Que te han cobrado qué?

    ¡Si te lo han pasado por banco devuelve el recibo!

    ¡Esa gente no parece muy seria! Si tu contratas un seguro, que está muy bien porque te protege de riesgos por muy poco precio, ha de ser TU PROPIO SEGURO, no el de el propietario.

    Cada uno que contrate un seguro que le proteja a él.

    Si tu pagas el seguro del dueño y mañana te dejas un cigarro encendido y se quema la casa... no te cubrirá pues no le ha sucedido al titular del seguro.

    Sobre los seguros, puedes leer esto.

    Respecto a lo de la demanda, se debe poner en el juzgado. En este enlace al Min. de Justicia, tienes toda la Información.

  • SANDRA33

    inquilino/a

    gracias Amparo me quitas un peso encima por que esto no lo veia muy bien, yo estoy en un piso de alquiler ahora y solo tenia que pagar por si me iba el primer año el 10% y luego avisar con un mes de antelacion.

    a ver si cambian el contrato de todas estas cláusulas porque si tengo problemas haré lo de la demanda verbal, dónde tengo que ir para hacerla?

    ah! se me olvidaba tambien me han cobrado un seguro de accidente y otro me parece que de hogar sin haber firmado el contrato y sin saber nada.

    muchas gracias

    • Respondido por: SANDRA33
    • Hace 14 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Sandra, esa cláusula de la penalización de un mes por año incumplido, es la que propone la LAU para contratos de duración pactada superior a 5 años.

    Si tu contrato es de un año (prorrogable hasta 5 si el inquilino quiere) esa cláusula no tiene sentido.

    (Ni se te ocurra firmar por 5 años, firmar por 1 te permite quedarte hasta 5 pero no te obliga)

     

    Respecto a eso que dice tu casero de que si él necesitase te tendría que avisar con dos meses... es totalmente nulo.  Si él lo necesitase (debe explicar en el contrato por qué motivo podría surgir esa neacesidad) lo máximo que podría hacer - Art. 9-3 de la LAU - es évitar que el contrato siga prorrogándose. Es decir, en uno de los cumpleaños del contrato te tendrías que ir, nunca o en medio de una anualidad.

    Y por último eso de que no habría lugar a la prórroga prevista por el art. 9 de la LAU también es totalmente NULO, y lo dice la propia LAU en su artículo 6:

    Artículo 6. Naturaleza de las normas

    Son nulas, y se tendrán por no puestas, las estipulaciones que modifiquen en perjuicio del arrendatario o subarrendatario las normas del presente Título, salvo los casos en que la propia norma expresamente lo autorice.

    Suele ser habitual poner una penalización de uno o dos meses de renta para el caso que el inquilino decida irse del piso a mitad de una anualidad.

    El resto de las cosas que has escrito son barbaridades totalmente nulas.

    Tal vez una demanda en un juicio verbal (no necesitarías abogado) sirva para que te devuelva la señal si presentas esa barbaridad de contrato como tu motivo para echarte atrás.

    Me gustaría que Pholmo opinara sobre eso.

    Saludos

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