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pilar Exposito

inquilino/a

¿Qué derecho tiene el arrendador a descontar de la fianza las cosas que no hayan roto los inquilinos?

Finalizado el contrato de arrendamiento, nuestra casera nos descuenta de la fianza una silla que según ella hemos roto nosotros, cosa q no es cierta puesto que la silla nos la dió asi desde el principio. También nos descuenta una semana de luz, despues de cumplirse el contrato porque dice que el frigorífico estaba encendido. Pues que lo hubiera apagado ella, no?

Quiero ir a consumo a saber mis derechos. Ella, la arrendadora, tiene que declarar los ingresos obtenidos por la renta del piso, porque yo creo que no lo ha hecho y a ver si metiendole por ahi, cede y nos devuelve lo nuestro.

  • Preguntado por: pilar Exposito
  • Hace 13 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (1)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si en el finiquito del arriendo no se detalló ningún desperfecto, no puede "inventárselo" después. De la redacción de ese documento dependerá si podéis o no reclamar la fianza (judicialmente)

    Lo de la "semana de luz" me parece de juzgado de guardia. ¡Vaya cara!

    Eso de ningún modo os lo puede descontar. ¿No quedó reflejada la lectura del contador en el documento de fin de contrato?

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