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maria3

inquilino/a

¿Es incumplimiento de contrato si es contrato es ilegal?
Firmé un contrato de alquiler en el que dí 1000 euros de fianza y tenía que avisar con dos meses antes si dejaba el piso. Ahora me ha surgido un asunto personal y tengo que dejarlo mes y medio antes de la finalización del contrato. Mi casera me dice que tengo que pagar un mes y además no me devuelve la fianza. Si legalmente la fianza es un mes, podría no ser incumplimiento de contrato si el contrato es ilegal? o cuenta más que se haya firmado? Muchas gracias
  • Preguntado por: maria3
  • Hace 15 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (4)
Iván77 ha sido el primero en contestar
  • Jaime Feiner Alonso

    profesional

    Primeramente habrá que demostrar con la Ley en la mano que el contrato es ilegal y que se celebra por desconocimiento de una de las partes de la normativa. Por otro lado, habrá que estudiar en el texto contractual las claúsulas correspondientes a la rescisión del contrato previo al vencimiento, es posible que las apreciaciones del arrendador no sean correctas y que las cantidades solicitades sean incorrectas, pero es sólo una posibilidad. La realidad es que la Ley establece que en caso de que el contrato se incumpla puede dar lugar a penalizaciones si estas se han pactado contractualmente.

    Saludos
  • EUROFIN ASESORES S.L

    profesional

    Cuenta lo que hayais firmado porque aparte de lo que diga la Ley, tambien están los acuerdos a los que hayais llegado y estén reflejados en contrato.
  • LolaG

    casero/a

    ¿Por qué dices que el contrato es ilegal? La LAU de 1994 establece claramente en su artículo 36 que la fianza en arrendamientos de vivienda es de "... una mensualidad de renta en el arrendamiento de
    viviendas y de dos en el arrendamiento para uso distinto del de vivienda ..." (art 36.1) Y, además, el casero puede pedirte una garantía adicional a la fianza, tal como especifica la misma LAU en su artículo 36.5: "Las partes podrán pactar cualquier tipo de garantía del cumplimiento por el arrendatario de sus obligaciones arrendaticias adicional a la fianza en metálico."
    • Respondido por: LolaG
    • Hace 15 años
  • Iván77

    profesional

    Respondiendo además a tu pregunta, lo que se ha firmado es lo que debe pesar, a no ser que consigas demostrar nulidad del contrato en cuyo caso se te tendrían que reintegrar las cantidades pagadas desde la firma del mismo. Es complicado...
    • Respondido por: Iván77
    • Hace 15 años
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