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nati99

inquilino/a

¿Cómo reclamar la deuda de luz?

Buenas,hace 2 años alquilé un piso (yo era la inquilina) y dí de alta los contadores a mi nombre.El propietario acostumbra a darlos de baja cada vez que se vá un inquilino.En el contrato de alquiler existe una cláusula que dice que yo NO puedo dar de baja los contadores y así sucedió.No los dí de baja y,un nuevo inquilino estuvo 4 meses sin realizar el cambio de titular,por lo que la deuda me la reclaman a mí.Al llamar al propietario,me dice que eso era cosa de acuerdos entre nosotros (yo y la nueva inquilina) y que él no tiene nada que hacer.Me dá el número de la nueva inquilina,a la cual ni conozco,pero no me contesta al teléfono.¿Puedo yo,de alguna manera reclamar esa deuda?Y,si es así,¿a quién y dónde?Tengo el contrato y las facturas donde aparecen fechas de facturación.Gracias de antemano

  • Preguntado por: nati99
  • Hace 10 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (6)
Jan Abogado ha sido el primero en contestar
javier diez ha sido elegida Mejor Respuesta
  • usuario eliminado

    nati99: a la compañía eléctrica no porque ellos no sólo pueden sino que incluso deben dar de alta el contrato a la nueva inquilina. La deuda anterior no era con la nueva inquilina sino con Ud. por tanto la empresa de la luz no puede negar a la nueva inquilina un contrato nuevo por una deuda que no es de dicha nueva inquilina, sino suya.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • nati99

    inquilino/a

    Gracias a todos por vuestra colaboración.

    Jan,como bien debe saber más de leyes que yo,la única persona que puede hacer el cambio de titular sería o bien el propietario,o la nueva inquilina.Yo,como actual titular,lo único que podía haber hecho era dar de baja el contador pero no dar los datos de otra persona para hacer el cambio.Aparte,que no tengo por qué conocer a la nueva inquilina,ni mucho menos creo que abone nada a alguien que le vá con unas facturas a su casa explicándole la historia,yo no lo haría.

    Y Javier,la deuda no asciende de 200€,pero son 200€ míos y sólo quería saber si tengo derecho a reclamarle al propietario (recuerdo la cláusula que me prohíbe darlos de baja) o a la compañía eléctrica,en este caso,que permitió realizar el cambio de titular habiendo 2 recibos pendientes de pago.Cosa que,normalmente,no dejan hacer si hay deudas.

    Ambos se desentienden y,la inquilina me resulta imposible de localizar. 

    • Respondido por: nati99
    • Hace 10 años
  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    ¿Es interesante ,buscar un abogado y reclamar lo tuyo al que lo ha disfrutado? ¿ de qué cantidad estamos hablando?Como le indica Jan es un fallo suyo.

  • Jan Abogado

    profesional

    Hola nati:

    Cuando usted abandonó la vivienda debió cambiar la titularidad de los suministros a nombre del propietario arrendador. Ahora únicamente puede reclamar las facturas a la nueva arrendataria.

     

    reciba un cordial saludo.

       http://letradosalquileres.es.tl

     

  • usuario eliminado

    Compañeros: me gustaría conocer vuestra opinión sobre el tema que se ha planteado en este pregunta. ¿Podríais entrar y escribir algo por fi?

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • usuario eliminado

    nati99: está claro que Ud. puede recuperar su dinero. La cuestión está en a quien hay que demandar: si al propietario o al nuevo inquilino.

    Yo me inclino por pensar que debe demandar al propietario porque considero que es él quien causa la situación al introducir esa cláusula tan rara de que Ud. no puede dar de baja el contador, aunque el contrato sea suyo. De hecho considero que esa cláusula es completamente ilegal y nula, porque le impide a Ud. disponer de un elemento (el contador) que forma parte de un contrato del que Ud. es la única y legítima titular. Esa cláusula es la que provoca el problema que Ud. tiene ahora, y puesto que fue el casero quien la introdujo y a quien beneficiaba, parece lógico y justo que ahora sea él quien tenga que pechar con las consecuencias.

    A mayor abundamiento Ud. no tiene ningún contrato o relación con la nueva inquilina de la que no tiene ni siquiera por qué conocer sus datos, por más que haya hablando con ella por teléfono y tampoco sabe ni puede saber cuales fueron las condiciones bajo las que suscribió el arrendamiento después de que Ud. se fuera.

    Por tanto creo que debe demandar al propietario por el total de las cantidades adeudadas. Si luego el propietario quiere o puede repetir esa cantidad contra la nueva inquilina, eso ya es cuestión de ellos.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
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