Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

María Luisa Sánchez

inquilino/a

Mi casera quiere aplicarme el ipc de la rúbrica 33.

En mi contrato consta que la subida se acomodará cada año a las variaciones del Indice General de Precios al Consumo que fije el INE.

¿Puede obligarme a subirme un 1,3% (de la rúbrica 33) en vez del 0,8%?.

Gracias

  • Preguntado por: María Luisa Sánchez
  • Hace 14 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
arquitopo ha sido el primero en contestar
inquilino_ y_propieta ha sido elegida Mejor Respuesta
  • inquilino_ y_propieta

    inquilino/a

    Hola Maria Luisa.

     

    Por ley (porque así lo dice la LAU), es lo que fije el INE (para el IPCGN).

    También por ley, (porque también lo dice la LAU), cualquier cláusula que perjudica al inquilino es nula.

     

    Te dejo enlaces del INE sobre como se aplica la subida, porcentajes y todo:

    explicación

    índice

    para calcularlo directamente

     

    LAU

     

    Saludos.

  • arquitopo

    arquitopo

    profesional

    durante los cinco primeros años, la subida es obligatoriamente la que marca el INE. A partir de entonces, la que libremente hayan acordado las partes. Es habitual que en los contratos aparezca la rúbica 33 para las actualizaciones posteriores a esos cinco años.

    Lea bien la definición que aparece en el contrato, porque puede ser un nombre como "índice nacional de viviendas en alquiler" que no es lo mismo que el IPC de alquiler. Pero ya le digo: durante los cinco primeros años, es el IPC obligatoriamente.

     

Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas