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figueruela

inquilino/a

En una casa de alquiler nos piden un aval de un año ¿es legal?

Dónde se estipula el tiempo máximo. Es una casa de alquiler y la inmobiliaria dice que el dueño pide un año, y que no lo piensa bajar. Nos gusta la casa, pero un año es mucho tiempo para tener parado una cantidad de dinero importante. En qué ley se regulan los avales? Gracias 

  • Preguntado por: figueruela
  • Hace 13 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (6)
figueruela ha sido el primero en contestar
  • usuario eliminado

    Yo lo tengo en un banco que sí me da rentabilidad. Es una cuestión de negociarlo, más en estos momentos. Al banco le va bien tener una cantidad parada que les da rentabilidad durante 5 años, claro que depende del importe del aval, en mi caso es más de 10mil.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 13 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Figueruela

    Salvo acuerdo en contra,  no podrás recuperar el aval hasta que el contrato de arrendamiento haya finalizado.

    Es una garantía de pago, y como tal, el arrendador exigirá que permanezca vigente durante toda la duración del arriendo.

     

    Saludos - Papeleos Alquiler

  • PedroDiaz

    PedroDiaz

    inquilino/a

    Por favor, aaroncha, dime en que banco se gana dinero con el aval, porque yo en todos los que he consultado, además de retenerte los fondos (que puedes tenerlos en un depósito remunerado, si) te cobran una comisión de apertura (normalmente el 0,50%) y después unos intereses (normalmente 1% trimestral).

    Los intereses siempre superan a la rentabilidad del dinero retenido, con lo que no hay forma de considerarlo un ahorro.

    Llevo teniendo aval bancario varios años, y he consultado en muchos bancos, ofreciendo todos condiciones similares.

    Gracias y un saludo.

  • usuario eliminado

     

    Tómeselo como un ahorro pasivo, en un año puede ganar hasta un 3% dependiendo del banco donde lo haga.

     

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 13 años
  • figueruela

    inquilino/a

    Asi que en ningún sitio se regula. Sabía que en un año puedo recuperarlo, pero claro es mucho dinero para tenerlo parado. 

    Gracias 

  • usuario eliminado

     

    La ley LAU, no contempla el tema de los avales, es un requisito casi recientemente adquirido. Si le pueden pedir eso pero usted puede recuperar el aval si lo necesita después del primer año de contrato, para eso es importante hacer el aval por un año renovable hasta 5. Es como un ahorro, depende a que entidad vayan les ofrecerán unos intereses, después de 5 años lo fácil es que tengan casi 2000€ más.:

    http://www.arturosoria.com/rentbuy/art/modelo_aval_bancario.asp

     

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 13 años
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