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dresy

inquilino/a

¿Se puede cambiar el aval de un alquiler?
Mi hermano alquiló un piso donde íbamos a vivir mi madre, él y yo. En su momento, al firmar el contrato, yo firmé como aval ya que iba a vivir allí pero me he mudado y no quiero seguir como aval. Hay alguna posibilidad de cambiar esto? qué pasa cuando el contrato llega a los 5 años, hay que volver a firmar la renovación?
  • Preguntado por: dresy
  • Hace 15 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (6)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Si el documento de aval tiene un plazo de duración tendrá que atenerse a ese plazo, si no lo tiene estará vigente mientras permanezca en poder del beneficiario del aval. En todo caso podría dirigirle un burofax manifestando que su aval no cubre la prórroga tácita.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
  • Juan

    profesional

    El avalista no puede desvincularse de su responsabilidad por su única voluntad. Si está redactado normalmente, el aval durará el mismo tiempo que el contrato, incluidas sus prórrogas, es decir, hasta ocho años. Después el aval queda extinguido. También se extingue en cualquier momento si el contrato sufre una modificación esencial, como por ejemplo una subida de la renta, un subarriendo o una cesión, ocurran a los cinco años, antes o después.
    • Respondido por: Juan
    • Hace 15 años
  • dresy

    inquilino/a

    Perdone mi insistencia pero no me ha quedado claro el tema cambiar aval. ¿Puedo negarme a que entre en prórroga tácita como aval? y si no es así hay alguna manera del cambiar el aval que figura en el contrato?
    • Respondido por: dresy
    • Hace 15 años
  • Antonio Postigo

    profesional

    Prórroga tácita significa que, sin necesidad de firmar nuevamente el acuerdo continúa, sencillamente porque ninguna de las partes se opuso.

    Tácita, en derecho se dice de algo que aunque expresamente no se ponga, virtualmente se entiende puesta.

    Lo dicho, que si nadie se opuso... se entiende que se ha producido la prórroga por falta de que nadie dijera lo contrario.

    Un saludo.
  • dresy

    inquilino/a

    Antes que nada gracias por contestarme. Vamos a ver, en el contrato de arrendamiento figuramos los tres (el dueño, mi hermano y yo como aval) pero no firmé nada más que en el contrato al lado de la firma de ellos y por supuesto yo tengo una copia. ¿qué significa prórroga tácita?
    • Respondido por: dresy
    • Hace 15 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    El documento de aval, me figuro que se refiere a un aval personal no bancario, estará en poder del dueño, se trata por tanto de que lo devuelva para sustituirlo por otro, si está de acuerdo en ello.
    Si no se firma, el arrendamiento entra en prórroga tácita.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
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