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JoseB

inquilino/a

Tengo un alquiler con opción de compra y con luz de obra ¿tengo derecho a la devolución del dinero de la opción de compra?
Tengo un piso alquilado desde este verano, y lo hice con opción de compra, pero aún tenemos luz de obra, y la cosa no pinta bien por problemas del constructor con la compañía de la luz, ¿qué podemos hacer para recuperar el importe de la opción a compra? No sé si hay un plazo máximo, también teniendo en cuenta que la luz está pirateada de otra obra de la misma calle, y no queremos denunciar a la compañía por no quedarnos sin luz. Un saludo y muchas gracias.
  • Preguntado por: JoseB
  • Hace 15 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
Micky ha sido el primero en contestar
  • Juan

    profesional

    Muchas personas estarían encantadas con las condiciones de ese suministro eléctrico. Si no es el caso, la parte que cumple un contrato puede elegir entre dos opciones, o bien exigir el cumplimiento de la otra parte o bien pedir la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios.
    • Respondido por: Juan
    • Hace 15 años
  • Micky

    profesional

    Sin conocer en profundidad el acuerdo contractual, si hay alguna cláusula que demuestre con seguridad el incumplimiento del constructor (por ejemplo si estipuló un plazo para tener de alta todos los servicios) para recuperar el importe lo primero sería enviar burofax alegando dicho incumplimiento y la devolución. Ojo, primero estate seguro con que hay resquicio de incumplimiento por ejemplo con plazos o con que el edificio pueda tener deficiencias en las instalaciones. Para ello Primero podrías solicitar el Certificado de final de Obra y la Cédula de Habitabilidad, o consultarlo e informarte de qué problemas hay en el edificio con la luz en el departamento Urbanismo del Ayuntamiento y ver si es una cuestión de simple adecuación y alta de la obra, o impagos a la compañia o hay algun problema mayor (inadecuación de la instalación electrica).

    En ese contrato debió ponerse con claridad los plazos para que cumpla el constructor con la entrega del bien sin eviccion ni vicios ocultos (cosa que no creo te haya puesto), así como el plazo para que tú ejercieras la opción o en qué supuestos podrías desistir.
    • Respondido por: Micky
    • Hace 15 años
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