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E

inquilino/a

Actualización del alquiler a la baja (IPC Negativo). Arrendador se niega
Hola,

Estoy de alquiler en Madrid. Contrato firmado en mayo del 2007, en mayo del 2008 actualización del 4,7%, y este mayo mi casero quiere hacerme una del 3,2%. (Siendo la del IPC General -0.9 en mayo 2009). Alega que es la subida del IPC e la Comunidad de Madrid de Rúbricas de Viviendas en Alquier. En nuestro contrato se expecifica que la renta será actualiza con el % correspondiente a la variación del Indice General Nacionas de Precios de Consumo. Además, si no me equivoco en la LAU, artículo 18, durante los 5 primeros años del contrato, la renta sólo podrá ser actualizada aplicando a la renta correspondiente a la anualidad anterior la variación porcentual experimentada por el Índice General Nacional del Sistema de Índices de Precios de Consumo. Mi casero no entra en razón, lo he intentado por activa y pasiva. ¿Cómo debo proceder? ¿Puedo reclamar lo del año pasado, subida 4,7%, real 4,6%?, ¿Puedo-debo descontar de la prox. renta lo pagado de más en los meses anteriores? Gracias
  • Preguntado por: E
  • Hace 14 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (4)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
luisasoria ha sido elegida Mejor Respuesta
  • E

    inquilino/a

    Hola a todos,

    Muchas gracias ante todo por vuestra ayuda. Tengo una ultima cuestión al respecto.

    Por lo que he podido leer en la LAU, el articulo 18.3 dice "La renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes siguiente a aquél en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicado y acompañado, si el arrendatario lo exigiera, la oportuna certificación del Instituto Nacional de Estadística, o haciendo referencia al Boletín Oficial en que se haya publicado."

    Con esto, ¿yo también debo notificárselo a mi casero? y ¿cómo puedo hacerlo? Os aseguro que no quiere firmarme nada y ya de por sí me cuesta que me coja el teléfono, habia pensado en una carta certificada, pero eso no deja constancia de lo que se envía, solo de que ha sido entregada, y un burofax... igual cuesta más el burofax que la rebaja. El tema de solicitar esa variación del 4,6 al 4,7 no es por la cantidad, que es ínfima, sino porque después de todas las cosas que me ha hecho y cómo se porta, no quiero perdonarle ni un €, aunque yo no gane nada. El tema de ponerlo en la nota de la transferencia.. ¿sería correcto?, no es una notificación con antelación sino en el propio ingreso ya actualizado del mes y los ajustes de los meses anteriores ¿¿¿???.
    • Respondido por: E
    • Hace 14 años
  • luisasoria

    profesional

    Ingrésale la cantidad que tú estimas aplicable, con el IPC negativo, en su cuenta, si se la pagas en metálico y no te la acepta, la consignas en la cuenta del juzgado de primera instancia competente, dejándola a su disposición, para que no pueda alegar que no pagas y te inste un desahucio.

    Estamos a tu disposición para cualquier duda en http://asesoriajuridica-sp.blogspot.com/
  • Ramon Ruiz

    casero/a

    E,

    Al haber pagado los recibos del último año, con el incremento que el casero te aplicó se sobreentiende que es una aceptación por tu parte. Yo no movería eso. Ten en cuenta que, si tu renta es de 1000 €, el 0,1% representa 1 €; no croe que valga la pena.

    Lo que sí te recomiendo es que hagas bien los números para la subida que corresponde ahora.

    Si firmaste el contrato en la primera quincena de mayo 2007, el último índice que había publicado era el de marzo 2007 (161,631). ese es el que te sirve de base a las actualizaciones.

    En marzo de 2009, el índice es de 168,804. Esto representa un incremento de 4,44% sobre la renta inicial. Si el año pasado te aplicó una subida del 4,7%, ahora corresponde una disminución del 0,26%. Esto representa 2,60 € cada 1000 de renta.

    En cuanto a, ¿qué puedes hacer si él no "traga"?. Pues, sencillamente, ingrésale ese impore en su c/c y quédate los justificantes. Si no puedes conseguir el nº de su c/c, consulta en el Juzgado, que tengo entendido que hay por ahí una cuenta especial, para este tipo de casos, y deposita allí cada mensualidad. A lo mejor, en tu banco también lo saben.

    En cuanto no cobre, será él quien mueva el culo para ver qué pasa.

    Ramón Ruiz.
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    El actualizar la renta según la variación del IPC no es optativo para tu arrendador (salvo que te beneficiara a tí) Comunícale fehacientemente (sin burofax pues te costaría más que toda la rebaja del año) por ejemplo en el campo observaciones de la transferencia que le hagas, la nueva cuota aplicando el IPC XX%.

    De todos modos, si el contrato lo firmastéis el 1 de mayo, el IPC que le aplica sería el de marzo, que es el último publicado a fecha 1 de mayo.

    Respecto a las rentas pagadas de más en el pasado, no estoy segura de qué habría que hacer ... A ver si alguien puede decirte cómo proceder.
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