Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

nativi

casero/a

Mis abuelos tenían un contrato del año 59. Al fallecer mi abuelo mi abuela se subrogaría en el mismo, ¿por cuanto tiempo?

sabemos que mi abuela tiene derecho a subrogarse en el mismo, pero la casera nos ha dicho que se haria por sucesivos contratos de 3 años de duración, ¿es esto cierto? ¿donde se regula? ¿que requisitos ha de tener el nuevo contrato? ¿en qué condiciones se haría, implicaría alguna actualización del IPC?

  • Preguntado por: nativi
  • Hace 10 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
Jan Abogado ha sido el primero en contestar
  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    Pero qué lista la casera. Según información de Pholmo:

    A. - Alquileres de vivienda firmados antes de 9 de mayo de 1985.

    1. - el inquilino podrá darlos por terminados a su voluntad.
    2. - el arrendador deberá respetar su duración hasta que fallezca el inquilino, su cónyuge, y los hijos que previamente convivieran con él con minusvalía igual o superior al 65%.

  • Jan Abogado

    profesional

    Hola nativi:

    La información que le ha facilitado la arrendadora es incorrecta. Su abuela podrá subrogarse en el contrato de arrendamiento, el cual se extinguirá a su fallecimiento.

    reciba un cordial saludo.

      http://letradosalquileres.es.tl

     

Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas