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monica1977

inquilino/a

La jueza sentenció a mi favor, el banco debe alquilarme la casa, pero no da señales de vida, ¿qué hago para pagar?

A finales de diciembre del año pasado vino un policía a darme una orden de citación y desahucio, me informó que la casa pertenecía al banco pero quien me había alquilado la casa era el antiguo inquilino. me llevaron a juicio como OKUPA, llevé la documentación y demostré que tenía los papeles en regla.

Hace dos semanas me informaron que gané el juicio y tengo derecho a permanecer en la vivienda 5 años.

El banco no se ha posicionado, a quién debo pagar y a partir de cuándo, las condiciones serán las mismas? hace una semana el banco me quitó los suministros de jardinero y piscinero. Ellos no quieren alquilar ya me o habian dicho. ¿Me van ha hacer la vida imposible ? qué puedo pactar para salir beneficiada yo? llevo desde enero con pastillas para la ansiedad porque esto parece que no termina nunca, y quiero terminar con esto de forma correcta. ¿Pueden ayudar?

 

  • Preguntado por: monica1977
  • Hace 11 años
  • Categoría: Desahucios
Respuestas (5)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Nicolas me temo que no se ha percatado de que esta consulta es de hace cutro años, con lo que la consultante o consignó en su momento o ahora está en desahucio por falta de pago.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 7 años
  • Nicolas

    profesional

    Debería consignar la renta, para evitar que le acusen de impago e intenten deshauciarle por dicho motivo. 
    En cualquier caso, si le intentasen deshauciar, la Ley le permite enervar el deshaucio pagando lo que adeuda. 
    • Respondido por: Nicolas
    • Hace 7 años
  • Nicolas

    profesional

    Quiero entender que en el juicio, se ha fallado que el Banco se subroga en el contrato de alquiler, de conformidad con lo previsto en la versión anterior a 2013 del artículo 13 de la Ley de Arrendamientos Urbanos:
    Artículo 13 Resolución del derecho del arrendador 1.  Si durante los cinco primeros años de duración del contrato el derecho del arrendador quedara resuelto por el ejercicio de un retracto convencional, la apertura de una sustitución fideicomisaria, la enajenación forzosa derivada de una ejecución hipotecaria o de sentencia judicial o el ejercicio de un derecho de opción de compra, el arrendatario tendrá derecho, en todo caso, a continuar en el arrendamiento hasta que se cumplan cinco años, sin perjuicio de la facultad de no renovación prevista en el artículo 9.1.
    • Respondido por: Nicolas
    • Hace 7 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Aquí en cambio si comparto el criterio de Oscar, si su abogado fue de oficio es probable que no pueda encomendarle ese tema nuevo, pero desde leugo con tan escasos datos como proporciona es imposible ayudarla en este foro.

    Le sugiero la lectura de mi bloghttp://www.pedrohernandezabogado.com/y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 11 años
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Hola,

    Es un tema complicado, porque no te ayuda el abogado que te represento en el juicio de desahucio?

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