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josebcn

casero/a

El inquilino que no quiere pagar su alquiler, ¿podemos impedirle el paso a algunas dependencias de la casa para presionarle?

tengo alquilada una habitacion en mi casa sin contrato (solo contrato verbal) y el inquilino ha dejado de pagar la mensualidad (cosa que tampoco podemos demostrar puesto que siempre nos habia pagado al contado y sin recibo alguno) y los gastos que pactamos serían a medias. Actualmente el inquilino tiene uso de su habitación, baño y cocina y despues de varios avisos que queríamos que desalojara la vivienda hemos pensado en limitarle el acceso a cocina y baño y asi hacer un poco más de presión para el desalojo (ya que por la distribución de la casa me lo permite, puesto que el tiene acceso directo a su habitación desde la calle y podríamos cerrarle el paso a las demás dependencias), incluso el cortarle el uso de la luz y el agua. Es eso legal?, como puedo hacer para que se vaya lo antes posible? Hemos recibido incluso amenazas (ya que él es abogado) y dice que irá a por nosotros... y nos gustaria hacer bien.

  • Preguntado por: josebcn
  • Hace 13 años
  • Categoría: Desahucios
Respuestas (3)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola josebcn:

     

    Coincido plenamente con la respuesta de la Sra AmparoBB.

    Por ello le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía experto/a en arrendamientos urbanos quien, con el contrato, la documentación relacionada con el mismo y los datos que usted aporte, le asesorará sobre la mejor forma de proceder.

    Reciba un cordial saludo.

  • josebcn

    casero/a

    Hola Amparo. Gracias por tu pronta respuesta. Lo que no entiendo, como siendo mi casa y estando viviendo bajo el mismo techo, una vez que ha incumplido su contrato verbal (por no pagar) no puedo echarlo sin mas??? He leido por aqui, que el alquiler de habitaciones no exige ningun preaviso para terminar el arrendamiento, que sino hay contrato escrito, ni por tanto duracion pactada, se considera que su duración es de un mes si la renta se paga por meses y que el contrato se extingue llegado ese día y más si no lo ha pagado (segun art 1565, 1566 y 1581 del codigo civil).

    Asi lo de cambiar la cerradura y no dejarlo entrar, ni pensarlo, no?

    • Respondido por: josebcn
    • Hace 13 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    "(cosa que tampoco podemos demostrar puesto que siempre nos habia pagado al contado y sin recibo alguno)"

    Vosotros no tenéis que demostrar nada. Él es quien debe poder demostrar que ha pagado. El pagar sin justificantes es de insensatos. Es como no pagar.

    No me creo que sea abogado.

     

    Si haces lo que dices os denunciará por coacciones.

     

    Salvo alguna otra feliz idea váis a tener que demandarle o negociar con él para que se vaya.

     

    Saludos -  Papeleos alquiler

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