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Roberto7855

casero/a

Si el inquilino paga después del plazo indicado en el requerimiento de pago... ¿se puede interponer demanda de deshaucio?

El plazo indicado en el requerimiento de pago -burofax- es de 1 mes

No me interesa mantener al inquilino, hay problemas en la comunidad y nunca ha pagado puntualmente.

En el burofax he incluído:

Le prevengo de que en caso de ser interpuesta demanda de desahucio transcurrido un mes desde el presente requerimiento sin que usted haya efectuado el pago solicitado, perderá la posibilidad de enervar la acción de desahucio, lo que le impedirá mantenerse en el uso de la vivienda, tal y como expresamente dispone el artículo 22, apartado 5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

 

  • Preguntado por: Roberto7855
  • Hace 10 años
  • Categoría: Desahucios
Respuestas (1)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    La respuesta a esa pregunta solemente se la puededar el Juez ante quien interponga la demanda de desahucio, quien decidirá si el inquilino tiene o no la facultad de enervar ese desahucio.

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
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