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picogordo

inquilino/a

¿He alquilado un piso a un amigo de la familia el cual va a perderlo por no pagar la hipoteca?

He alquilado un piso a un amigo de la familia el cual va a perderlo por no pagar la hipoteca.

El contrato esta firmado en enero del 2011, yo pago las rentas a primeros de cada mes sin falta, actualmente realizo el ingreso a una cuenta del juzgado al reclamarle también el dinero que yo le pago por deudas con la comunidad de propietarios.

 He tenido una vista judicial por vía monitorio, para aclarar el banco si mi situación era legal o no, una vez me han dado la razón el juez. El banco me amenaza con no renovarme el contrato a finales de año.

 ¿Puede hacerlo? No tengo derecho a vivir en la casa durante 5 años.

 Le puedo pedir alguna indemnización al banco por no cumplir el contrato de 5 años y así evitar otro juicio

 gracias

  • Preguntado por: picogordo
  • Hace 12 años
  • Categoría: Desahucios
Respuestas (11)
javiersantander ha sido el primero en contestar
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Tampoco entiendo el porqué la comunidad le pide a usted que pague. Si tienen que ir contra alguien es contra el propietario del piso, no contra un inquilino que ni pincha ni corta.

    A su amigo abogado dígale que siga yendo a clases y que no haga peyas, que luego no se saben las leyes.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • javiersantander

    javiersantander

    casero/a

    me reafirmo en mi primera respuesta.

    Si un juez a dictaminado que tu contrato es válido no te sacan de ahí en 5 años desde la firma del contrato ( mientras pagues la renta).

    Durante esos 5 años solo te pueden subir la renta lo que marque el IPC. cada año.

    Lo que comentas de las obras para subir el alquiler puede ser (no lo tengo muy claro) para los contratos de renta antigua ( anteriores a la ley de 1994), pero no es tu caso.

  • picogordo

    inquilino/a

    Gracias por responder pholmo y tan rápido.

    Perdona si he mezclado términos y procedimientos que no van juntos.

    Por un lado tengo una ejecución hipotecaria sobre el inmueble en el que resido, que ya he tenido la vista  al pedir el banco el pronunciamiento de los ocupantes del inmueble y que acreditase mi situación al no reconocerme él banco como inquilino de pleno derecho.

    Ya tengo la resolución del juez dándome la razón de que soy inquilino de pleno derecho

     

    Por otro lado tengo una reclamación de la comunidad por los impagos del propietario y judicialmente me han reclamado la renta que le pagaba a él para saldar la deuda que le queda más los intereses, casi 6 meses de renta que abono en una cuenta del juzgado a primeros de mes.

     

    Un abogado amigo me indica que la practica habitual de los bancos en mi caso (propietario no paga y tiene el piso alquilado, banco se queda con el piso, inquilino  no se quiere ir al no haber cumplido los 5 años de contrato)

    Es hacerle reparaciones en el domicilio para así justificar una subida del alquiler y así conseguir que el inquilino se marche, no se si será real pero teniendo en cuenta que tengo un hijo recién nacido, no quiero tener que coger y hacer la maletas corriendo porque según me indica el procurador, no me vallan a renovar el contrato a final de año que es cuando se cumplen 2 años de contrato.

    Perdona si te he podido confundir en los acontecimientos

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Sigo con mis extrañeza en este asunto, no entiendo con que base jurídica un abogado le ha dicho que el banco le puede incrementar el alquiler pactado en contrato.

     

    Le sugiero la lectura de mi bloghttp://www.pedrohernandezabogado.com/y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
  • picogordo

    inquilino/a

     

    Gracias Vanesa.

    Mi abogado me ha indicado que echarme del piso, no lo puede hacer al tener el contrato en vigor.

    Puede ocurrir según me advierte que me puedan subir la mensualidad hasta que yo me quiera ir por el precio (haciendo pequeñas reformas en el piso y luego incrementándome la cuota mensual)

     Otra cuestione es una cláusula que firmo en la hipoteca en la que no podía alquilar el piso por una cuota inferior a la que tiene que hacer frente por la hipoteca.

    El pagaba 1200 al mes de letra y a mi me lo alquilo por un poco menos de la mitad.

    ¿Pueden subirme el alquiler hasta igualar la letra que pagaba?

    Muchas gracias y perdonar mi ignorancia en estos asuntos

  • usuario eliminado

    La indemnizacion sería o bien la que pactéis o bien la que dicte el juez. Pero ya te digo yo, que no creo que el banco te demande para desahuciarte porque otra cosa no, pero los bancos tontos no son, no creo que quieran tirar el dinero en sus abogados y en los tuyos. 

    Si quieres ejercitar tu derecho de tanteo, sería por el precio de venta del piso, no por el de la hipoteca. En todo caso, con todo este lio, yo me iria a un abogado a asesorarme para no dar ninguno paso en falso que te pueda perjudicar.

    un saludo.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 12 años
  • picogordo

    inquilino/a

    muchas gracias vanesa por tu respuesta.

    Si el banco no se queda inquilinos una vez se adjudique el piso, existe  algún tipo de indemnización regulada en caso de irme del  piso sin haber agotado los 5 años, solo llevo 1 año y 4 meses.

    No quiero entrar en juicio con el banco si quiere echarme y todo apunta a que me intentara echar como sea.

    Le he comentado al banco que estaría interesado en la compra del piso, pero  no a la cuantía que debe ahora el propietario (muy superior al valor de mercado del piso) al no querer comprarlo por la deuda actual, ¿perdería el derecho a tanteo?

     

    Muchas gracias por vuestra ayuda.

  • usuario eliminado

    La clásula que comentas de la renovacion es nula por ir contra la ley. El unico que puede no renovar el contrato los 5 primeros años eres tu. El dueño del piso solo puede no renovar llegado el 5º año avisando con 30 dias. 

    Por lo demas, el resto de temas lo que te diga un agobado.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 12 años
  • picogordo

    inquilino/a

    Gracias por responder tan rápido.

    Ante la falta de pago del propietario y después de haberle dado facilidades el banco, el piso va a entrar en subasta publica, antes de producirse, el banco nos cita en una vista para el pronunciamiento de los ocupantes del inmueble, al  considerar el banco que no reuníamos los suficientes documentos que acrediten que éramos inquilinos de pleno derecho.

     Una vez aportado el contrato de alquiler (privado sin que hubiese pasado por hacienda ni por ningún registro) alta de luz, Internet  y recibos de los pagos de la renta, el juez ha determinado que tenemos derecho a permanecer en el domicilio.

    He hablado con el procurador para pedirle que en el momento que el piso cambie de propietario en subasta o por venta, que me avise para realizarle el ingreso al nuevo propietario.

    El me ha pedido el teléfono para que el responsable de inmuebles del banco me comenta que lo mas seguro que no nos renueve el contrato a final de año.

     En el contrato se especifica que para renovarlo es necesario que las dos partes estén de acuerdo, si  yo quiero y el no, ¿tendría que abandonar la casa a finales de año?

     

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Lo que me choca es que esa resolución haya sido dictada en un juico  Monitorio.

    Le sugiero la lectura de mi bloghttp://www.pedrohernandezabogado.com/y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd. ,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
  • javiersantander

    javiersantander

    casero/a

    si el juez ha dictado que el contrato es válido el banco debe respetar los 5 años desde la firma. Si quiere que te vayas antes pidele una indemnizacion por irte o no te vayas.

     

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