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Carlos B.G

inquilino/a

¿Desahucio después de 15 años alquiler, hay derecho a alguna compensación?

Saludos, mi pregunta en general es la siguiente:

Desde el 25 Octubre de 1.995 un familiar mio ha residido en un piso alquilado con contrato renovable cada año, dicho contrato núnca ha sido renovado mediante ninguna clase de firma y solo consta el primer contrato asi como la mencionada firma.

Ahora dicho piso ha pasado a manos de unos herederos del propietario que ha fallecido, estos quieren vender las viviendas, puesto que no solo es el piso de mi familiar, si no 2 viviendas más.

Hoy mi familiar ha recibido un burofax conforme para la fecha 25 de Octubre, deberia abandonar el domicilio o bien hacer la compra del inmueble.

Mi familiar está al corriente de pagos, ha sido un inquilino ejemplar y nunca ha dado problemas a los anteriores propietarios.

Cada año ha sufrido sus pertinentes subidas de alquiler conforme a lo establecido por la ley.

Tiene alguna compensación de tiempo para abandonar el piso y poder conseguir otro?

gracias

 

  • Preguntado por: Carlos B.G
  • Hace 13 años
  • Categoría: Desahucios
Respuestas (3)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Carlos BG, estoy de acuerdo en muchas cosas en lo de \"vaya país\", pero en este caso...

    Según la legislación actual, el contrato había llegado a un punto en que cualquiera de las partes podía finalizarlo.

    \"¿Echar por la cara?\"

    Pues exactamente igual que tu familiar podía \"irse por la cara\".

    No entiendo tu indignación.

    Y menos habiendo, como ahora hay, tantísima oferta de pisos en alquiler.

     

    Saludos - Papeleos Alquiler

  • Carlos B.G

    inquilino/a

    O sea,cada año,cada mes,ha pagado religiosamente durante 15 años,sin firmar ninguna prorroga y solo con el primer contrato,redactado a máquina y sin ningún testigo,solamente el propietario fallecido y le pueden echar por toda la cara?

    asi va el país,madre mia.

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Por la fecha de ese contrato se encuentra sujeto a la LAU1994 y por lo tanto en prorroga tácita desde 25/10/2009, parece que ha sido preavisado en plazo, habría que leer ese burofax, por lo tanto el 25 d octubre finaliza su arrendamiento.

    En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/   estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 13 años
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