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usuario eliminado

¿Si hago un contrato de un año con el propietario qué penalización tengo si dejo el piso antes de esa fecha?

No sé si solamente voy a necesitar alquilar durante unos meses por situación personal

  • Preguntado por: Usuario dado de baja
  • Hace 11 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (9)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
melired ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Ah, e intenta tener presente que si dices cosas del estilo "Por otra parte , solo me pintaron una vez en uno de los alquileres , en los demás aunque sé que tenía derecho , no me lo dieron así" alguien se lo puede creer, y hacerte caso, y meterle en una disp uta en la cual carecerá de razón.

    Claro que el perjuicio no lo vas a tener tú, con lo que te dará igual ¿ a qué si? 

    Tú, con tal de opinar, di lo que te parezca bien, sea o no legal, sea o no acertado, que total, esto es un foro, y si alguien tiene algún problema que no hubiera acudido a un foro donde cualquier persona pueda responder como le apetezca dando su opinión.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 11 años
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Supongo que, con opiniones como está, te quedan pocas intervenciones que hacer en el foro. Lo digo porque cada vez que das una, quedas peor.

    6 meses no es un punto medio, sobretodo si tuviéramos en cuenta la duración de un contrato. El punto intermedio sería firmar directamente por 30 meses.

    "Por otra parte , solo me pintaron una vez en uno de los alquileres , en los demás aunque sé que tenía derecho , no me lo dieron así"

    En esa frase te has lucido. Me encantaría que me siguieras iluminando, al igual que al resto de personas, en qué te basas para decir que tenías derecho a que te pintasen la vivienda.

    El resto del entorno de tu marido, como tengan los mismos conocimientos que tú, ya se pueden ir quejando, tanto de la pintura, como de la fianza, como de que el grifo del agua gotea. 

    En vez de quejarse pueden abrir un tema en este foro, y yo, o otro de las  personas que "opinan" con conocimiento, les daremos soluciones. También pueden escuchar tus maravillosos consejos, como que tienen derecho a que les pinten la vivienda.

    Es más, no entiendo porqué se quejan, cuando te has ofrecido a solucionar, en este mismo foro, a solucionar amistosamente justamente este tipo de problemáticas, de las que tú, según tus propias palabras, nunca has tenido problemas. 

    Y lo de "atarse" es tan fácil como no firmar un contrato.

    En serio, será un placer ir rectificándote, ir señalándote tus desconocimientos sobre arrendamientos. Lo que no tengo claro es si será igual de placentero para ti.

    Un saludo, sigue metiendo la pata.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 11 años
  • melired

    melired

    inquilino/a

    Nadie ha hablado de que se puedan ir al mes, pero pienso en mi opinión que 6 meses son un punto medio tanto para uno como para otro, se

    puede ver si el piso está bien en cuanto a ruidos vecinales, o estado general de electrodomésticos, por ejemplo..son cosas que cuando alquilas , que sueles ver el piso en una sola visita es muy dificil percibir.

    Por otra parte , solo me pintaron una vez en uno de los alquileres , en los demás aunque sé que tenía derecho , no me lo dieron así.

    Y no soy la  única, puesto que en el entorno de mi marido la queja general es esa.: son personas que no son de Madrid, y  tene rque "atarse" al año  que imponen les causa problemas , por tener trabajo que los dezplazamientos son frecuentes..pues es un verdadero problema.

    Por suerte como dije, en mi actual piso no tengo esa imposición, y sólo por eso  seguramente me quede mas tiempo , porque estamos muy a gusto..

    • Respondido por: melired
    • Hace 11 años
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    La explicación, melired, es bastante fácil de entender.

    Se "aferran" a un año para que el alquiler les salga rentable, y para que no tengan que estar, al cabo de un mes, buscando nuevos inquilinos, con la pérdida de tiempo y dinero que dejas de ingresar que eso supone. Aparte, si has pintado la vivienda, que la usen 8 meses significará que estará "algo sucia", y tendrás que limpiarla y acondicionarla para los nuevos inquilinos.

     

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 11 años
  • melired

    melired

    inquilino/a

    intenta encontrar un casero que no te  obligue a estar una año de alquiler..cuesta mucho,encotrarlo, pero alguno hay .(nosotros estamos ahoram ismo en un piso asi, y es una delicia el piso y el casero!) solo debemos dar el aviso de que no vamos un mes antes pero  no tenemos que cumplir el año.Claro está que lo ponga por escrito en el contrato, si no nada ,..

    suerte , te va a costar proque se aferran al puñetero año  inexplicablemente..(si yo no estoy bien en un piso porque por ejemplo  tenga ruidos  molestos de vecinos, no sé el empeño de hacerme estar 1 año .. y eso no se vé en el dia que alquilas..)

    • Respondido por: melired
    • Hace 11 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Y la otra es que alquiles un piso por temporada. En niumba.com encontrarás arrendamientos para corto plazo.

    Saludos - Papeleos Alquiler.

  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Pactad una indemnización y dejadla por escrito, para poder abandonar la vivienda antes de la anualidad.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 11 años
  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    Si ya empiezas mintiendo a tu casero ,te garantizo que te demandará y te reclamará lo que has firmado ¡seguro!

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Antes de abandonar un alquiler sin cumplir el plazo pactado conviene recordar el viejo brocardo,   pacta sunt servanda –los acuerdos han de ser cumplidos-, y también, mientras no se modifique,  que tan obligatorio es para el casero mantener al arrendatario en el disfrute de la vivienda o local por el tiempo pactado, como para éste pagar la renta correspondiente a ese periodo de tiempo.

    Por lo tanto aunque en el contrato no se especifique el pago de indemnización para el inquilino que decida romper unilateralmente el contrato sin cumplir el plazo pactado, ello no puede interpretarse como que la misma es inexigible, el arrendador que se ve frustrado en el cobro de los alquileres pactados sin una razón justificada, puede reclamar al inquilino una indemnización por incumplimiento de contrato, el importe de la misma lo determinará el Juez si ambas partes no llegan a un acuerdo previamente.

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y  si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 11 años
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