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Ana Colin

inquilino/a

Es posible impugnar una clausula de preaviso abusiva?

Hemos sido muy ingenuos, y al firmar el contrato no hemos observado esta clausula tan abusiva. Nosotros cimos 45 días y supongo que nos quedamos con la idea de que el piso tenía que dejarse 45 días antes de dejar el piso, sin embargo la cláusula indica que son 45 días antes de la fecha de renovación anual del contrato. Es ésto fácilmente impugnable?

Muchas gracias de antemano por vuestras opiniones

  • Preguntado por: Ana Colin
  • Hace 10 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (3)
Pedro Martinez Mtnez ha sido el primero en contestar
Pedro Martinez Mtnez ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    No es abusiva, es lo normal, solo que el plazo es de 30 dias. No Puedes irte hasta octubre y debes avisar minimo 30 dias antes.

    Si te marchas antes no es que la ley te ampare, ampara al porpietario que puede exigir el cumplimiento integro del contrato y reclamarte todas las mensualidades hasta octubre.

    hay que leer lo que se firma y si no se entiende hay que asesorarse por un abogado antes de firmar nada. Ahora no tiene solucion.

    Pedro Martínez

    Abogado

    5001@icagr.es


  • Ana Colin

    inquilino/a

    Gracias Pedro, intento explicarme mejor:

    Quiero dejar mi piso actual, y al contactar con la agencia, nos comenta que el período de preaviso para dejar el piso es de 45 días pero no respecto a la fecha de salida, sino respecto a la fecha de renovacion anual del contrato, con lo cual, teniendo en cuenta que la renovación anual es en octubre, tengo que quedarme en el piso hasta el 15 de agosto?

    Me parece una claúsula un tanto abusiva, pero la hemos firmado, si aviso con 30 ó 45 días a la fecha de salida ( y no a la fecha de renovacion anual como especifica el contrato), la ley me ampararía?

    Muchas gracias de antemano, espero haberme explicado mejor

  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Supongo, aunque no te explicas del todo bien, que pensabas en una clausula de desisitimiento para poder marcharte en cualquier momento, que hubiese sido legal con ese plazo. Parece que no podras hacerlo, solo al vencimiento del contrato o sus prorrogas y ese aviso, legalmente, es de 30 dias.

    No hace falta impugnarla, cuando te marches, al vencimiento hazlo con 45 dias si estas segura para evitarte problemas o hazlo con al menos 30 y la ley te amparará.

    Pedro Martínez

    Abogado

    5001@icagr.es


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