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Maria

inquilino/a

No voy a pagar el último mes de alquiler de estudiantes, ¿puedo hacerlo?

El contrato de alquiler pone que es de 12 meses desde el 1 de septiembre de 2014 hasta el 30 agosto de 2015. Pero en la última clausula del contrato pone textualmente: "Por acuerdo de ambas partes, la arrendadora cede el mes de agosto ( y solo por esta vez) de carencia a a la arrendataria. En caso de renovación, julio se puede pagar en dos mitades julio y agosto". Según ella esto significa que si no renovamos tenemos que pagar agosto. Yo no lo veo así. ¿Qué debería hacer?, porque yo no voy a estar en agosto. ¿Puedo pagar julio como la fianza?, ya que tengo miedo de que no me la devuelva Gracias

  • Preguntado por: Maria
  • Hace 8 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (1)
Graciani Asesores ha sido el primero en contestar
  • Graciani Asesores

    Graciani Asesores

    profesional

    Habría que leer el texto completo, pero según leo se lo cede, así que no entiendo que problema podrían tener.
    Un saludo www.gracianiasesores.com
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