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saporovsky

casero/a

¿Es legal exigir la renovación de un aval bancario habiendo ya dado aviso de que dejo el piso?

He avisado de que dejo el piso con los 2 meses pertinentes por contrato. En los 4 años he tenido que mantener un Aval bancario por exigencia del casero para cubrir posibles impagos y que nunca se han producido. Me voy el 30 de Abril y el aval caduca el 10 de Abril una vez realizado el pago del ultimo mes de alquiler.  El casero tiene una fianza de 3000€ correspondiente a 2 mensualidades. Me lo puede exigir, me puedo negar?

Por último, ¿cuándo me debe devolver la fianza?

 

  • Preguntado por: saporovsky
  • Hace 13 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (4)
Domus ha sido el primero en contestar
Domus ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Domus

    Domus

    casero/a

    Que la fianza se devuelva transcurrido un mes tiene toda su lógica, porque entre otras cosas sirve para hacer frente a suministros impagados, o a reparaciones que deban realizarse y que no pueden cuantificarse en el momento de la entrega de llaves.

    Y en cuanto a lo de la renovación del contrato el 30 de abril, manda un burofax al menos treinta días antes, es decir: ya, con aviso de recibo poniendo en su conocimiento que no lo renovarás. Y nada de permanecer más días, aunque lo diga el casero. En el burofax debes manifestar que ese mismo día, en la propia vivienda, le harás entrega de las llaves.

    • Respondido por: Domus
    • Hace 13 años
  • saporovsky

    casero/a

    El contrato se deberia renovar el  30 de Abril y el casero ya ha informado que esto no es un prroblema incluso nos ha ofrecido quedarnos algunos dias mas pero spe que renovemos el aval

     

    Por cierto yo pensaba que la fianza se dbe devolver despues de un ems. Asi lo estipula el contrato.

  • Marta26

    casero/a

    Una cosa si el contrato finaliza el 10 de abril y tu te vas el 30 se puede entender que el contrato se ha renovado por otra anualidad, así que vigila porque el casero peude decir que se queda con la fianza por no haber cumplido la anualidad. Y el aval bancario se tiene que mantener mientras dura el contrato, porque hasta el final de este el casero es quien valora el esatdo del piso y lo que tiene que decontar.

    • Respondido por: Marta26
    • Hace 13 años
  • Domus

    Domus

    casero/a

    Es absolutamente desproporcionado exigir la prórroga de ese aval, pues a 10 de abril, con la renta de ese mes ya pagada, la cantidad retenida como fianza será más que suficiente para afrontar posibles desperfectos de la vivienda y suministros pendientes.

    La Ley no señala plazo para devolver la fianza, simplemente establece que transcurrido el primer mes genera intereses legales.

    En todo caso es muy conveniente que el día de la entrega de llaves firméis un documento de extinción de contrato haciendo constar el estado en que se entrega la vivienda y los consumos que reflejen los contadores de los suministros, para impedir después descuentos injustificados o abusivos sobre la fianza.

    • Respondido por: Domus
    • Hace 13 años
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