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t0ñi

inquilino/a

hola, he leido una pregunta muy parecida al caso mio, teniendo un contrato verval sin fecha de vencimiento, cuantos años pued

un familiar muy allegado a mi compro un piso y  sabiendo que yo me queria mudar de piso mas cerca de mi trabajo, me enseño el piso, concretamos el precio y me comento lo que iba a reformar o cambiar, total, que con el piso a medio terminar me pidio que me mudara ya, yo me  mude, unos dias despues de haberme mudado tuvimos una fuerte discusion, y me dio 10 diaz para salir del piso, como el ya me habia dado sus datos, yo le ingrese en su cccc. la fianza y el mes en curso, total,  llevo los pagos al dia, pero faltaban algunos electrodomesticos y me dijo que ya no me los ponia, yo no se como se los puedo reclamarel el no me habla, pero me manda sms pidiendo que me vaya de su casa y yo no me puedo marchar porque no puedo pagar otra mudanza, la fianza etc. ya me lo gaste en su piso. Al no tener contrato ni fecha de fin,  queria saber que derechos tengo, los años que puedo estar en el piso, o si al año me puede echar. ah!! yo entre en el piso el 22-05-2013.  Muchas gracias de antemano.

  • Preguntado por: t0ñi
  • Hace 10 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (4)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
andres_uu ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola andres:

    Precisamente por lo que usted manifiesta en nuesrtro derecho se admiten otras pruebas aparte de la documental.

    reciba un cordial saludo.

      http://letradosalquileres.es.tl

  • andres_uu

    profesional

    Al no existir contrato, no se puede probar de forma fehaciente el inicio del arrendamiento, puesto que cabe la posibilidad de que anteriormente a los pagos por ingreso bancario, se hubiesen realizado pagos en metálico.

  • Jan Abogado

    profesional

    Hola toñi:

    coincido con la repuesta del sr Oscar.

    Reciba un cordial saludo.

      http://letradosalquileres.es.tl

  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Que dia hiciste el primer ingreso?

    Esa fecha es la que se puede demostrar que empezó el arrendamiento, por lo tanto, si es antes del 05-06-2013 podrás estar en la vivienda 5 años. Si el ingreso es posterior a la fechas indicada el arrendador podrá dar por terminado el contrato al cumplir el 3er año.

    La vivienda está como está, y así entraste a vivir en ella, no tiene porque ponerte nada que no estuviera antes en ella, ya que no hay ningún escrito que diga lo contrario.

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