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Sr. González

inquilino/a

¿Es legal que la agencia inmobiliaria revise los desperfectos del piso sin estar el inquilino presente?

He dejado un piso de alquiler y la agencia nos achaca unos gastos a descontar de la fianza (1000 €) de los que no estoy en absoluto de acuerdo ya que los desperfectos que nos imputan son o por uso habitual de la vivienda o por que ya existían al entrar y ahora quieren que nosotros nos hagamos cargo o simplemente los han inventado. Todo esto se debe a que fueron a mirar el estado del piso después de la entrega de las llaves (fueron en el mes de junio y yo tenía que dejar el piso el 31 de mayo) y sin que estuviera yo presente. ¿Es esto legal? ¿Si pasa mucho tiempo en dar la conformidad de que se queden con los 1000€ (por dejar el asunto en manos de abogado, por ejemplo) puede haber después algún recargo?


Muchas gracias por sus respuestas.

  • Preguntado por: Sr. González
  • Hace 12 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (11)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Pues el concepto de limpieza es algo que no tiene porqué cobrar y se puede "pleitear"

    En cuanto reciban un burofax de un abogado las cosas se vuelven más sencillas, pero juegan con eso, con que la gente no va a contratar un abogado para que gestione la recuperación de la fianza

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • manuel josé

    casero/a

    Tú tienes un contrato firmado o por arrendador o administrador o usufructruario o. Lo que sea.   Dirígete a él ( s/ datos contrato)  y mejor por escrito.   las palabras las lleva el viento.   procurar hacer las consultas antes y no después. Saludos, 

  • manuel josé

    casero/a

    Si tienes firmado documento de entrega de llaves y final contrato, te pueden descontar el importe  de facturas de suministros pendientes,desperfectos,faltas,averias,...  PREVIA PRESENTACION DE FACTURAS  antes de transcurrir un mes de la firma del documento. Una vez transcurrido el mes  puedes demandar( si queda algo sin justificar) lo que corresponda, solicitando además el pago de intereses. saludos,

  • Deleite

    inquilino/a

    Tengo el mismo problema y no se como solucionarlo. ¿en serio te pueden cobrar 180€ de limpieza???? Raya lo absurdo.

    Aún así, mi duda es que si superan el plazo de 30 días para comunicarte esto, ¿es legal? Porque tengo entendido que es el plazo que tienen para devolver o en todo caso comunicarte los descuentos pertinentes ¿si superan ese plazo cómo se yo que no ha sido otra persona?

    En conclusión, nos quedamos indefensos ante el abuso de las gestoras.

    • Respondido por: Deleite
    • Hace 12 años
  • Sr. González

    inquilino/a

    Es decir, que teniendo en cuanta que no he enviado ningun burofax con los desperfectos que ya tenía el piso cuando entramos (a pesar de comunicarlos verbalmente), que a pesar de que hayan inventado varios desperfectos que no tenía (y supongo que ellos mismos habían hecho pues incluso me diferon que habían hecho fotos), que me cobren 180 €!!! de limpieza a pesar de haber dejado el piso bastante limpio (no creo que exista ninguna obligación por parte del inquilino de dejar el piso como una patena), no hay nada que hacer porque ellos ya se procuran de no dejar ningún cabo suelto para que nadie pueda reclamarles nada a pesar de lo obvia que es la mala fe con la que actúan.

    ¿Tengo alguna posibilidad si lo pongo en manos de un abogado? Qué impotencia tan grande se siente ante esta gentuza!!!!

  • manuel josé

    casero/a

    Un  arrendador y  arrendatario pueden firmar  sólo  entrega de llaves  figurando no quedar ( o quedar) algo pendiente de renta y desperfectos  pero con la coletilla de  " ambos se reservan  el derecho  a cualquier reclamación". Puede ser el incumplimiento de contrato.   si  no figura que las rentas están  todas  pagadas puede ser otra reclamación.

    yo suelo poner  la deuda pendiente  o    no queda  nada  pendiente de pago entre ambos.   la luz sabiendo  la lectura y  valoración kw  mes anterior  puedes hallar importe aproximado.

    saludos, 

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Si existe ese documento de finiquito a partir de mañana que parece ha transcurrido el mes debería reclamar formal y fehacientemente la devolución de la fianza con intereses anunciando elplazo en el que interpondrá la reclamación judicial.

     

    para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo llamando al teléfono: 807 520 008 donde será atendido directa e inmediatamente (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)

    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/

     

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
  • manuel josé

    casero/a

    Tenía en total 2499  caracteres pero no acepta.

    (continúa).-

    s/ Art.  1561 del C. Civil  debe devolver  todo  como lo recibió, o sea, como figura en el contrato. Deducirá lo comunicado al inicio del arrendamiento por burofax con acuse y certif. que está en mal estado. ( debiera haberse visto al mirar el piso pero al entrar es válido ). Hay un mes para el arrendador para solicitar la devolución de la fianza del organismo público de cada comunidad y hacer presupuesto de desperfectos. En ese mes devolverá la fianza descontando importe de desperfectos, si los hubiera, previa presentación de facturas. Pasado el mes si el arrendatario no recibió la fianza o parte que le correspondiera lo demandará judicialmente y pedirá intereses, además de fianza y/o garantias.  Puede  tener un poder. saludo

  • manuel josé

    casero/a

    Es  conveniente  leer  artículos del  C. Civil  del  Art. 1546  al 1574,  además de la  L.A.U.  ( Ley Arrendamientos Urbanos).-

    En todo  contrato n ormalmente  pone  que el piso se entrega en debidas condiciones.-

    Si no comunica  por burofax con acuse de recibo y certificación de texto las anomalías del piso, desperfectos,faltas,averías  (  además  vd.  ha revisado el piso antes de firmar),

    S/ aRT. 1562  C. Civil  se presume  que recibió el piso en buen estado.-

    Continúa el arrendamiento. Pueden darse dos situaciones que se vaya por su cuenta  a mediados de cada anualidad o prórroga ( entonces es incumplimiento de contrato y un juez puede sentenciar al pago de meses que faltan hasta terminar el contrato, si el arrendador no lo alquiló)   o  que  comunique  al arrendador  30 dias antes de finalizar cada anualidad o prórroga por burofax con acuse de recibo y certificación de texto ( o un papel firmado por ambos con copia para cada uno ) quedando en revisar AMBOS el piso el último dia, figurando desperfectos,averias,faltas,consumos pendientes ( para eso se figura lectura contador) en Documento de entrega de llaves y final contrato,firmado por ambos y copia paRA  CADA  UNO. Si en  algo   no está conforme uno de los dos hace la salvedad diciendo  que a su juicio  eso no le corresponde pero firma igualmente reservándose la defensa de sus derechos.

  • Sr. González

    inquilino/a

    Sí. Firmamos un papel de entrega de llaves y donde dejabamos constancia de que habíamos dejado el piso en buenas condiciones. ¿Qué me recomendaría que hicieramos ante esta situación tan injusta? He pensado en denunciarlo al Colegio de Administradores de Fincas de Barcelona. ¿Sirviría esto de algo?

    Muchísimas gracias

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Es perfectamente legal pero muy perjudicial para el inquilino. ¿Firmó un finiquito en la entrega de llaves?

    En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/  estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
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