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Ras

inquilino/a

Duda al abandonar un contrato múltiple
Hola,  hace 6 meses firme un contrato de alquiler por un año con dos personas más (sin sanción por abandonar antes el piso,  por lo que con la actual ley entiendo que pasados 6 meses puedo abandonar el piso) .  Por problemas de convivencia fui yo el que se vio obligado a irse de la casa y ahora voy a firmar un contrato nuevo.   
Desconozco si el contrato era solidario o mancomunado pero para alcanzar el mínimo de ingresos que exigían tuvimos que sumar nuestras tres nóminas. Es la información que tengo.   Mi pregunta es la siguiente: Ya no tengo contacto con la gente que vive ahí pero si con la inmobiliaria que gestionó esto.
No quiero estar en ese alquiler ni avalar eso con mi nomina,  entre otros motivos porque no me fio de los inquilinos y de que cumplan con sus obligaciones cómo inquilinos y porque firmo otro contrato y no quiero estar en dos.
¿Cómo abandono este contrato? ¿Que me recomendáis ante esta situación?  
Saludos 
  • Preguntado por: Ras
  • Hace 8 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (11)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Gracias JAN
    Con este asunto me quedo preocupada... No voy a saber qué hacer cuando vaya a alquilar a "más de una persona"... porque si pongo la cláusula que me recomendó Pedro de que si uno desiste se convierte en avalista del otro... lo normal es que no quieran firmar...
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Amparo:

    Voy a darle mi opinión profesional en el caso expuesto: contrato de arrendamiento de vivienda a 3 arrendatarios de fecha posterior al 6/6/2013 donde no se pactó indemnización por desistimiento.
    1º)¿ Y qué pasaría si el arrendador no acepta el desistimiento de un inquilino??? . En este caso exactamente lo mismo que si se tratara de la comunicación de no prorrogar el contrato del art 9.3, es decir, debería interponer la correspondiente demanda contra el arrendatario y probar que el desistimiento no se realizó en tiempo o en forma.

    2º)  Y los otros no quieren o no pueden pagar el piso ellos solos???  Pueden demandar al que se va??? En el primer caso ( no quieren o no pueden pagar) pueden hacer uso cuando les convenga de su facultad de desistimiento. En el segundo caso, por poder pueden, si bien en el caso expuesto no le veo viabilidad de prosperar.

    Reciba un cordial saludo
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    A más, a más, como dicen por aquí, el consultante Ras dice: "para alcanzar el mínimo de ingresos que exigían tuvimos que sumar nuestras tres nóminas" y "No quiero estar en ese alquiler ni avalar eso con mi nomina"
    De ello yo interpreto, tendría que leer atentamente ese contrato, que el casero accedió a entregar la vivienda en alquiler con la garantía solidaria de las nóminas de tres personas por lo tanto ahora no es fácil que se avenga pacíficamente a que esa garantía quede reducida en un 33%.
    Si nuestro consultante decide desistir y acudir a los tribunales porque el casero no admite ese desistimiento unilateral, antes debería estudiar en el contrato por si el casero se aseguró de que la garantía iba a ser la misma mientras el contrato siguiera vigente.
    De todos modos es un tema que tiene un indudable interés y tengo "in mente" ampliar el artículo que he citado anteriormente.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Queridos Amparo y Piscis, efectivamente si Ras, el consultante, quiere verse libre de problemas deberá obtener un finiquito de su casero, la inmobiliaria es inoperante a estos efectos. Si su casero no quiere darle ese finiquito a el solo, deberá acudir al juzgado, y su casero podrá oponerse manifestando que deben marcharse todos, por ejemplo, ¿Cual será el resultado final? No es predecible.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Piscis tress Si lees es post de Pholmo, verás que aunque el propietario no "deje ir" a un arrendatario, el juzgado si...
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    AMPARO ,-, repasando la respuesta de PHOLMO, me doy cuenta de nuestro error de interpretación de dicha respuesta, ya que viene a dicir que "mientras no firme el arrendador el finiquito con el co-arrendatario saliente, éste seguirá siendo responsable solidario de las obligaciones dimanantes del contrato" RAS.-  Tienes que enviar el burofax que te ha dicho PHOLMO al propietario/arrendador, no a la inmobiliaria y has de conseguir la aceptación por escrito de dicho arrendador, para quedar libre de responsabilidades futuras.
  • Ras

    inquilino/a

    El contrato no tiene penalización.  Envío un burofax a la inmobiliaria directamente indicando que quiero desistir el contrato? 
    • Respondido por: Ras
    • Hace 8 años
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Coincido con Amparo BB
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Y qué pasaría si el arrendador no acepta el desistimiento de un inquilino???  Y si los otros no quieren o no pueden pagar el piso ellos solos???  Pueden demandar al que se va??? Todos - incluido el casero - probablemente consideraran que entre 3 podrían pagar pero tal vez 2 no... Cómo se soluciona eso?
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola ras:

    Coincido con la respuesta de mi compañero Pholmo.

    reciba un cordial saludo.



         http://letradosalquileres.es.tl 
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Ras, los contratos no se abandonan, se desiste de ellos, si ha cumplido seis meses puede hacerlo, ahora bien conviene que lo lea atentamente por si aceptó una cláusula de penalización.
    El desistimiento debe hacerlo formalmente, es decir comunicando por burofax y con una antelación de treinta días su intención de dar por terminado el contrato, llegado ese momento deberá firmar con el arrendador un finiquito de contrato.
    Mientras no ocurra est sigue siendo responsable solidario de las obligaciones dimanantes de ese contrato.
    Para estar preparado debería leer esto:
    El desistimiento de un inquilino en un alquiler compartido Para ampliar más o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá mi atención  directa e inmediata (1,21 eur./min. Desde fijo; 1,57 eur ./min. desde móvil)
    http://www.pedrohernandezabogado.com/
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
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