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Max robles

inquilino/a

Se cumplió mi contrato en abril2013 y no lo renovamos, quiero dejar el piso este final de abril, tengo que pagar el alquiler?

Comunicare a la finca este final de mes, además tengo un depósito de 700€ y una fianza de 1400, podrán descontarme algo, tomando en cuenta que dejo el pisó tal cual me lo entregaron???

  • Preguntado por: Max robles
  • Hace 10 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (8)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
javier diez ha sido elegida Mejor Respuesta
  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    Efectívamente,la respuesta que le he dado anteriormente es el supuesto de la segunda parte,ya que se le ha prorrogado por tres años ,más su contrato y debe avisar fehacientemente antes de este fin de mes

  • Max robles

    inquilino/a

    Mas claro agua, mil gracias Pholmo!

  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Max:

    Gracias por aportar los datos solicitados. Conforme a los mismo usted debe enviar antes del 30 de marzo de 2014 a su arrendador un burofax con acuse de recibo manfestando su voluntad de no prorrogar el contrato y que abandonará la vivienda el 30 de abril de 2014. En esa fecha usted deberá entregar las llaves a su arrendador, revisar con él la vivienda y firmar el documento de entrega de llaves y estado de la vivienda.

    Finalmente indicarle que usted está obligado al pago del mes de abril de 2014.

    reciba un cordial saludo.

       http://letradosalquileres.es.tl

  • Max robles

    inquilino/a

    El contrato de cinco años se cumplio el 30 de abril de 2013 y no se renovo ni por escrito ni de forma verbal, entonces yo quiero dejar el piso el 30 de abril de este año 2014, avisando al propietario antes del 31 de marzo, puedo hacerlo?????  y si debo pagar el alquiler del mes de abril, tomando en cuenta que es el mes avisado????, gracias y un saludo!!

  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Max:

    Por favor, exponga la fecha exacta de celebración de su contrato y el plazo inicialmente pactado.

    reciba un cordial saludo.

       http://letradosalquileres.es.tl

  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    Pues yo opino que ya no estás en tiempo y forma de dejar la vivienda avisando con menos de  30 días antes  y si te refieres "Se cumplió mi contrato en abril 2013 y no lo renovamos" ¿se cumplió el primer año? ¿se cumplió el quinto?

    Si se cumplió el primer año,deberá esperar al próximo cumpleaños de la firma ,avisando de forma fehaciente un mes antes, de que se va (a no ser que en el contrato esté reconocido que puede irse cuando quiera.

    Si se cumplió el 5º año,su contrato se ha prorrogado por tres años más y solo puede dejarlo en su próximo cumpleaños avisando igual que antes

  • usuario eliminado

    Puede dejar el piso sin problemas, pero antes tiene que comunicarselo fehacientemente al propietario con al menos un mes de antelacion. Todavia está a tiempo. Le recomiendo que le envie un burofax con acuse de recibo y copia certificada.

    En cuanto al dinero: en principio lo correcto es pagar el mes de abril inclusive y firmar un finiquito con el propietario en donde quede claro las cantidades que se deben o no se deben y por tanto recuperar aquella parte de los 1400 euros de fianza que sobren.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Hay una cuestión previa, debe comunicarle fehacientemente y con treinta dias de antelación su propósito de terminar el contrato el 30/04/2014.

    Al término del arriendo es inexcusable que se firme un finiquito de contrato y entrega de llaves, en cuyo documento se harán constar, si procede, los desperfectos o deterioros imputables al inquilino que haya sufrido la vivienda, así como las deudas pendientes por alquileres o consumos, que servirán de base para su descuento de la fianza. De estos datos se extraerá la posibilidad o no  de reclamar la totalidad de la fianza con intereses de demora.

    En este enlace: http://pedrohernandezabogado.com/2011/01/el-finiquito-del-alquiler.html tiene ampliada la información que le interesa.

    Para ampliar más o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21 eur./min. Desde fijo; 1,57 eur./min. Desde móvil)
    http://www.pedrohernandezabogado.com/

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
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