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Briana

inquilino/a

Contrato de mayo 2012 de 5 años con obligacion de pagar los 6 primeros meses. Llevo 2 años viviendo. Puedo desistir ahora?

Mi contrato de alquiler establece una duración de 5 años prorrogable a otros 5 salvo que el arrendatario manifieste al arrendadorr con 60 días de antelación como mínimo su voluntad de no renovarlo sin cumplimiento obligatorio. ( revisable anualmente). el inquilino tendrá la obligación de pagar los 6 primeros meses aunque deje  el piso antes. En mayo cumplo 2 años vivienfo. puefo desistir del contrato ahora son que ello me penalice? Si el arrendador no acepta la resolución unilateral, Qué puedo hacer? Soy de Barcelona. Gracias por vuestra ayuda

  • Preguntado por: Briana
  • Hace 10 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (24)
Briana ha sido el primero en contestar
Crazyh ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola briana:

    coincido con la excelente respuesta que le ha ofrecido el sr Crazyh en su primera intervención de este hilo.

    reciba un cordial saludo.

        http://letradosalquileres.es.tl

  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Leon, tus bromas solo ayudan a seguir destapando tus carencias.

    Pedro Martínez

    Abogado

    5001@icagr.es

     

  • usuario eliminado

    Si hombre: la masa es el tío ese verde que era tan fuerte (ja, ja, ja).

    Bromas aparte, la única respuesta razonable a tu preguntita retórica es que eso del administrador me lo se de rechupete.  Pero ese no es el problema: La cosa está en que la mayoría de abogados que conozco (incluído tú) no informa al cliente, sino que pretende decirle lo que tiene que hacer con su vida. Yo ya sé todo eso, pero quien tiene que valorarlo es quien pregunta no nosotros. Yo le informo, que vaya al colegio y que la asesoren gratis (si tiene el beneficio de justicia) y cuando le digan lo de la masa que ella decida.

    Y si no siempre puede llamar al Capìtán América.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Leon, los honorarios del administrador concursal, que son el gran coste de un concurso para el concursado, son un credito contra la masa. Aunque no se sillegas a entender que es eso.

    pedro Martinez

    Abogado

    5001@icagr. Es


  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    El Iltre. Colegio de Abogados de Barcelona. al igual que los demás, tiene abiertas sus puertas para toda persona que precise solicitar un abogado.

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    albert-fetscher

    Web
    http://afetscher.blogspot.es/teléfono fijo
    935571001teléfono móvil
    686146724

  • usuario eliminado

    Briana: yo conozco uno, pero no quiero poner aqui sus datos por razones de confidencialidad. Si le parece escríbame un email a mi correo profesional abogado@leonbendayan.com y sin ningún compromiso por su parte le daré sus datos.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • Briana

    inquilino/a

    Os seguiré informando. si conocéis un buen abogado por Barcelona

    • Respondido por: Briana
    • Hace 10 años
  • usuario eliminado

    Briana: como ya le dije anteriormente puede considerar la posibilidad de solicitar el concurso de acreedores. No creo que sea lo mejor, pero es posible.

    También es posible que haya leído que ese procedimiento conlleva costes y que si tal y que si cual. En ese sentido debe tener en cuenta que puede acogerse al beneficio de Justicia gratuita, segun se desprende del art. 1 Ley 1/1996, a cuyo tenor:

    • Las disposiciones de esta Ley serán de aplicación general en todo tipo de procesos judiciales, incluidos los recursos de amparo constitucional, así como el asesoramiento previo al proceso contemplado en el artículo.

    O sea: que no sólo puede llevar al procedimiento gratuitamente sino que incluso puede pedir asesoramiento de modo igualmente gratuito.

    Por si lo necesita.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Briana, no dudes en seguir informando de la situación en este mismo hilo, donde intentaremos ir asesorándote en la medida de lo posible ( excepto el leon, que va a lo suyo y a aumentar su ego, aunque no responda ni el 10% bien).

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 10 años
  • Briana

    inquilino/a

    Gracias a todos. Espero poder hablar con el arrendador dado que llevo varios días llamándolo y no me responde. Tampoco ha respondido a los mensajes por whatsapp en los que le comentado que pensaba dejar el piso por dificultades financieras. Si hace falts le mandaré un burofax expresando lo mismo. 

    • Respondido por: Briana
    • Hace 10 años
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Para instar un concurso de acreedores no basta con no pagar el alquiler. Me parece. a mi que el compañero que te da esa posibilidad no tiene idea de los requisitos necesarios ni de los gastos que eso conlleva.

     

    Evidentemente el consejo de Crazyh hay que seguirlo, pues sin ser abogado sabe de arrendamientos urbanos mas que muchos que pretenden saber. Efectivamente la clausula tiene un matiz discutible y la interpretacion de los contratos debe hacerse no solo conforme con su literalidad sino teniendo en cuenta aquello que las partes quiisieron dejar pactado.

     

    Pedro Martinez

     

    Abogado

     

    5001@icagr.es

     


  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Para instar un concurso de acreedores no basta con no pagar el alquiler. Me parece. a mi que el compañero que te da esa posibilidad no tiene idea de los requisitos necesarios ni de los gastos que eso conlleva.

    Evidentemente el consejo de Crazyh hay que seguirlo, pues sin ser abogado sabe de arrendamientos urbanos mas que muchos que pretenden saber. Efectivamente la clausula tiene un matiz discutible y la interpretacion de los contratos debe hacerse no solo conforme con su literalidad sino teniendo en cuenta aquello que las partes quiisieron dejar pactado.

    Pedro Martinez

    Abogado

    5001@icagr.es


  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Leon, no lies a las personas.

    Como dije, hay que ver el contrato, y según explica, es muy probable que pueda finalizar el contrato sin penalización, ya que así parece ser que lo especifica el propio contrato.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 10 años
  • usuario eliminado

    Por último Briana, un pequeño aviso: no confíe en nadie que le diga que puede irse sin indemnización, ni siquiera si es abogado, no digamos si no lo es. Es frecuente que haya "profesionales" que prometan cosas con tal de atraer su atención. Cosa distinta es que la indemnización pudiera ser baja. Eso si, pero cero, cero no.

    Y otra cosa más: es discutible si un buen acuerdo es mejor o no que un pleito, pero lo que es indiscutible es que si cumple no hay ni acuerdo ni pleito ni nada. En línea con lo que le dije antes.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
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