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DMP

inquilino/a

Cómo proceder al dejar un piso alquilado

Buenas tardes,

Tenemos pensado dejar el pìso que hemos alquilado por un año, avisando previamente a nuestro casero con dos meses de antelación, (el contrato cumple el 31 de octubre, así que entendemos que tenemos que avisarle como muy tarde el día 31 de este mes). He estado informándome en varios posts en la Comunidad, pero necesitaría que pudieran aclararme una cosa porque no queremos meter la pata y hacer las cosas mal.

Hemos visitado la página web que tiene disponible la srta. AmparoBB, experta en esta comunidad, (es posible que tenga que dirigirme directamente a ella). Hay varios modelos, y no tengo muy claro cuáles son los que hemos de utilizar para nuestro caso. ¿Me podrían indicar cuáles son los correctos? Creemos que los modelos oportunos son:

Notificación al Arrendador de la no prórroga del contrato

y

Documento fin de contrato y entrega de llaves

Y aprovechamos para hacer una segunda consulta, una vez teniendo claro los documentos que necesitamos, ¿hay que enviar ambos escritos por burofax, o únicamente el del aviso al casero que no nos interesa renovar el contrato?.

Gracias por su ayuda. Les deseo un buen día a todos.

Pepi

  • Preguntado por: DMP
  • Hace 12 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (8)
Jan Abogado ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola dmp:

    la fecha del documento de entrega de llaves y la anotación de los contadores debe coincidir con el día en que ustedes abandonen efectivamente la vivienda.

    Reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

  • DMP

    inquilino/a

    Buenos días,

     

    de acuerdo, gracias otra vez por su ayuda. Lo que respecta a reflejar en ese documento las lecturas de los contadores, lo vemos como el broche final para poder firmar un fin de contrato como dios manda, pero, ¿cómo podremos anotarlas si para cuando dejemos el piso aún habrá consumo por facturar?. Bueno, quizás es algo más quisquilloso... entiendo que lo quede, el casero nos lo descontará de la fianza que nos devolverá.

     

    Muchas gracias y que tengáis un buen día.

    Pepi

     

    • Respondido por: DMP
    • Hace 12 años
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Da igual quién lo aporte, la cuestión es que las dos partes estén de acuerdo y lo firmen.

    Pueden presentarle el modelo de la web de amparobb, y si le parece bien a la otra parte, lo rellenan y firman.

    Le recomiendo, en el mismo, apuntar las numeraciones de los contadores

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • DMP

    inquilino/a

    Muy buenos días,

    de nuevo les agradezco su ayuda, creo que nos ha quedado bastante claro, muchas gracias.

    sólo una última cosa, por lo que se refiere al documento de fin de contrato, ¿Lo podemos aportar nosotros? , ¿o eso sólo es cosa del casero? .

    saludos cordiales,

    pepi

    • Respondido por: DMP
    • Hace 12 años
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    El contrato que compró vuestro casero en el estanco es tan válido como el que podrían firmar en una servilleta ( de hecho, asi se contrató a Messi para el Barcelona)

    Para que un contrato sea "oficial", las dos partes tienen que estar de acuerdo y firmarlo, e incluso los acuerdos verbales són válidos, otra cosa es lo difícil que es demostrar que existen

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola dmp:

    no existe ningún modelo estandarizado u oficial. Por lo tanto pueden utilizar los de la Sra Amparo.

    Reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

  • DMP

    inquilino/a

    Buenos días a todos,

    le agradezco su respuesta Jan Abogado.

    Una última cosa, por favor, ¿estos modelos son "oficiales", quiero decir, son igual de válidos que si los confeccionáramos nosotros mismos?. ¿O tenemos que ir a algún sitio con estas plantillas para que nos lo conviertan en escritos legales "oficiales"?.

    Espero explicarme con un sencillo ejemplo: Nuestro casero adquirió en un estanco el contrato de arrendamiento que firmamos en su día, y no lo hizo él a mano, ni tampoco se lo hizo ningún abogado.

    Perdón por mi explicación si resulta confusa, pero no sé como explicarlo mejor. 

    Bueno si alguien me ha entendido, (que espero que sí), que nos lo asegure por favor, no queremos meter la pata que con los papeleos luego ya se sabe si uno se salta un paso, o se despista o lo hace mal :(.

    Gracias otra vez.

    Saludos cordiales,

    Pepi

    • Respondido por: DMP
    • Hace 12 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola dmp,

     

    1º) Los modelos son los correctos.

    2º) Sólo el primero de ellos debe ser enviado al arrendador mediante burofax con acuse de recibo. El segundo es firmado por ambas partes en el momento de entrega de las llaves.

     

    Reciba un cordial saludo 

    Despacho Armando García Fernández.

    email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

     

     

     

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