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Master13bcn

inquilino/a

Ayuda urgente, mi pareja me ha dejado con el piso....

Hola a todos/as tengo un enorme problema, mi pareja ha terminado la relacion y se ha largado sin preocuparse de nada, solo puedo hablar con su padre....

El problema es que hemos firmado el 1 de Abril 2013 un contrato de alquiler de 1 año con preaviso de 2 meses, yo ahora no quiero vivir en el piso y le he comentado al casero lo que pasa y que estoy solo.

El casero se ha informado con su gestor y dice que si o si me tengo que quedar 2 meses y que los tengo que pagar, tambien me ha dicho que si surge algun interesado antes de este tiempo, me puedo ir.

Yo le he dicho que se quede con la fianza y me largo pero dice que como esta en INCASOL no puede tocarla y solo es para desperfectos por lo que no queda otra que quedarme.

Le he dejado el piso mejor que antes pintado y con mueble a medida pero no cede.

Que puedo hacer? Estoy desesperado....

 

Muchas gracias

  • Preguntado por: Master13bcn
  • Hace 10 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (2)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Comunica de forma fehaciente tu intencion de desistir del contrato haciendo uso de la clausula de desistimiento que consta en el mismo.

    podrás marcharte pero esos dos meses tienes que pagarlos o tendreis (los dos) una demanda.

    pedro Martínez

    Abogado

    5001@icagr. Es


  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Antes de abandonar un alquiler sin cumplir el plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas  conviene recordar el viejo brocardo,   pacta sunt servanda –los acuerdos han de ser cumplidos-, y también, mientras no se modifique, que tan obligatorio es para el casero mantener al arrendatario en el disfrute de la vivienda o local por el tiempo pactado, como para éste pagar la renta correspondiente a ese periodo de tiempo.

    Por lo tanto aunque en el contrato no se especifique el pago de indemnización para el inquilino que decida romper unilateralmente el contrato sin cumplir el plazo pactadoo cualquiera de sus prórrogas, ello no puede interpretarse como que la misma es inexigible, el arrendador que se ve frustrado en el cobro de los alquileres pactados sin una razón justificada, puede reclamar al inquilino una indemnización por incumplimiento de contrato, el importe de la misma lo determinará el Juez si ambas partes no llegan a un acuerdo previamente.

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57 € por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
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