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flor

casero/a

¿Puedo echar a un inquilino para vender mi piso?
Mi inquilino lleva tres meses en mi piso con contrato por un año prorrogable.
  • Preguntado por: flor
  • Hace 15 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (4)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
Antonio Postigo ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Jesús Benavides

    profesional

    No. Has de remitirte a la Ley de Arrendamientos Urbanos en su artículo 9. La duración mínima es de cinco años. Siempre se puede negociar con el inquilino una salida consensuada. Suerte.
  • Antonio Postigo

    profesional

    El poner en venta su vivienda no es motivo para resolver el contrato de arrendamiento.

    Si su inquilino cumple fielmente con sus obligaciones tiene derecho a prórroga de su contrato hasta cumplidos los cinco años de arrendamiento.

    Si usted pone su piso a la venta debe ofrecerlo en primer lugar a su inquilino, por escrito, en las condiciones que usted haya decidido poner. Así su inquilino podrá ejercer el derecho de tanteo si así lo desea. Caso de que no quiera ejercerlo solicite que la respuesta sea por escrito.

    Una vez vendido su piso a persona diferente al inquilino, si las condiciones finales de venta fueran diferentes a las que le había comunicado previamente a su inquilino, deberá comunicarle a su inquilino la venta realizada, informándole de las condiciones en las que se realizó. Así podrá ejercer su derecho de retracto si así lo desea.

    De venderse su piso a persona diferente a su inquilino y no ejercer este el derecho de retracto, el nuevo propietario vendrá obligado a respetar hasta su término el contrato de arrendamiento que usted tiene ahora.

    Y como siempre, tiene la solución del diálogo, y es llegar a un acuerdo amistoso con él, y si lo acepta dejar el arrendamiento por común acuerdo.

    Insisto en lo de amistoso, las presiones no le servirán de nada, salvo la de enturbiar las relaciones.

    Un saludo.
  • Albertgv

    profesional

    Se le llama indemnización. Paga a tu inquilino una cantidad de al menos 1 año o si no está de acuerdo, una cantidad fija pactada. Si no lo acepta, puede quedarse y no lo puedes echar.
    • Respondido por: Albertgv
    • Hace 15 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    No solo no puede echarlo, sino que, si no renunció a ello en el contrato, tiene derecho de compra preferente, y desde luego el comprador debe respetar ese contrato.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
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