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Angel Gonzalez

casero/a

¿Una deuda reconocida en el documento de fin de contrato puede reclamarse por monitorio?

Si al finalizar el contrato, las deudas de meses sin pagar, servicios no pagados, y reparaciones ascienden mas que la fianza y garantia depositada.  Obviamente al hacerlo constar en el documento de fin de contrato y ser reconocido por el inquilino (si no lo acepta no se da por finalizado el contrato y sigue adeudando cuotas).

Puede luego intentar cobrarse la deuda por proceso monitorio, o al ser un asunto de alquiler de inmuebles tiene que ir por procurador, abogado, etc.

Muchas gracias por darme vuestras opiniones

  • Preguntado por: Angel Gonzalez
  • Hace 10 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (3)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Efectivamente será el Juez quien decida si existen  documentos de los que resulte una base de buena apariencia jurídica de la deuda.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
  • Angel Gonzalez

    casero/a

    Gracias Pedro,

    Me refiero a un documento de final de contrato de arrendamiento, en el que se detallen de forma clara las mensualidades adeudadas hasta la fecha, los consumos de servicios no abonados (prorrateados a euros), los desperfectos cuantificados a mano alzada y el depósito y fianza remanente, haciendo balance de unas cosas y las otras, y por supuesto con la firma de arrendatario y arrendador.

    (supuesto de acuerdo para firmarlo, ya que de otra forma, el contrato no se finaliza y el inquilino sigue adeudando mensualidades y en dicho caso ya se que tiene que ir por orden de deshaucio, pero espero que no sea el caso)

    Entonces de tu respuesta, entiendo que un documento de fin de contrato bien redactado y firmado por ambas partes permite el monitorio (siempre con la venia del juzgado claro)

    Muchas gracias de nuevo

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    El juicio monitorio exige que aporte una prueba clara de uña deuda liquida y exigible de como se redacte ese reconocimiento de deuna dependerá que el Juzgado lo admita a tramite o no.

    Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/  

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
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